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La intervención de la Seguridad Social controlará sus propios gastos

La función interventora en las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social se ejercerá en nombre y por delegación del interventor general de la Administración del Estado por la intervención de la Seguridad Social, y afectará a todos los actos que tengan repercusión en el patrimonio y en su administración, según un real decreto del Ministerio de la Presidencia del Gobierno publicado en el BOE.Dicha función interventora tiene por objeto controlar todos los actos de las entidades de la Seguridad Social que den lugar al reconocimiento de derechos u obligaciones de contenido económico.

Con estos fines, el real decreto establece las competencias de la intervención de la Seguridad Social, estructurada orgánicamente en Intervención General de la Administración del Estado, Intervencíón General de la Seguridad Social e intervenciones de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.

La Intervención General de la Seguridad Social figura adscrita a la organización del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social y dependerá en lo relativo al ejercicio de sus funciones de la Intervención General de la Administración del Estado.

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