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Actividad del congreso

UCD obstruyó la regulación de la acción sindical, en la empresa, propuesta por el Partido Socialista Obrero Español

La proposición de ley del grupo socialista del Congreso sobre acción sindical en la empresa no fue tomada en consideración por la Comisión de Trabajo. La votación registrada fue de dieciocho votos en contra (diecisiete de UCD y uno de AP, el del señor Piñeiro), quince a favor (socialistas, comunistas y restantes grupos, excepto Alianza Popular) y una abstención (la del señor Martínez Emperador de AP).

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Tras la votación, Manuel Chaves (PSOE) pidió que constara en el acta el estupor del grupo socialista ante la obstrucción de las tareas parlamentarias por parte del Gobierno, que no ha presentado ningún proyecto de ley sobre la materia, y sin embargo, el partido gubernamental se niega a aceptar la tramitación de la proposición de ley socialista que habría facilitado la negociación colectiva en suspenso, que afecta a millones de trabajadores.El portavoz de UCD, señor Fernández Arias, que dijo ser trabajador, señaló que, en la democracia, hay que aceptar el resultado de las votaciones y que el sentido del voto de UCD no era contrario a la propuesta socialista, sí bien se debería esperar a que el Gobierno remitiera el correspondiente proyecto de ley.

PSOE: irresponsabilidad del Gobierno

La sesión, presidida por el diputado socialista Francisco Vázquez, se inició con un recuerdo a los sucesos de Málaga y Tenerife, que se acordó unánimemente lamentar.

A continuación, Francisco Chaves aludió a la irresponsabilidad del Gobierno, que todavía no ha regulado la acción sindical en la empresa y cuya normativa sobre elecciones sindicales no entra en el fondo de la problemática sindical.

Por UCD, el señor Fernández Arias se mostró contrario a admitir a trámite la proposición de ley hasta que el Gobierno no tomara la iniciativa de remitir un proyecto de ley, «al que se le podrá incorporar, por vía de enmienda, la doctrina socialista contenida en la proposición de ley».

Por el grupo comunista, Marcelino Camacho manifestó que las libertades no existirán en nuestro país hasta que la Constitución no esté vigente, a la que se deberá complementar con un código de los derechos de los trabajadores (ver información sobre la proposición de ley comunista en las páginas de Trabajo de este mismo número) y el establecimiento de la democracia en los municipios y regiones. Estimó, pues, que la proposición socialista había que complementarla con el citado código laboral, pero anunció su voto favorable.

El señor Monforte, de la minoría vasca, también anticipó su voto afirmativo, e igual hizo, por el grupo mixto, el señor Caamaño.

El señor Martínez Emperador, de AP (grupo que dividiría su voto), se mostró favorable a discutir la proposición de ley, que, según dijo, contiene aciertos, pero también errores.

Protesta de la UGT

Conocido el resultado de la votación, la comisión ejecutiva de la Unión General de Trabajadores (UGT) hizo público un comunicado en que denuncia la actitud del partido del Gobierno que, sin haber presentado su propio proyecto, «no ha dudado en oponerse al proyecto presentado por UGT, a través del grupo socialista». Esta actitud confirma, para la UGT, «la linea gubernamental tendente a la creación de un sindicalismo amarillo».

La proposición de ley socialista otorgaba el protagonismo a las secciones sindicales en la empresa en la negociación colectiva. Estas podrían proponer candidatos a las elecciones, convocar asambleas y negociar los convenios de empresa o centro de trabajo si los trabajadores así lo deciden. Sobre los comités de empresa y los delegados de los trabajadores, la proposición socialista establecía comités para las empresas o centros de trabajo con más de cincuenta trabajadores.

La competencia y funciones del comité de empresa, considerada en el título cuarto del proyecto, iban desde la intervención y consulta en cuanto a organización del trabajo o cumplimiento de ordenanzas, a la información económica de la marcha de la empresa, participación en reestructuración de plantilla, modificación del status jurídico de la empresa, contratación de trabajadores y despidos.

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