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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Pagos ilegales a inspectores de Trabajo

En el diario de su dirección correspondiente al viernes 11 de noviembre de 1977, y en la sección «Cartas al director», se publica una puntualización al artículo que el día 9 de los corrientes publicó don Carlos Gómez, con el título «Con posible quebranto de dos leyes, Trabajo destina a sus inspectores cien millones de pesetas de la Seguridad Social».Respecto a esta puntualización, firmada por don Gonzalo Vidal, actual jefe de la Inspección Central de Trabajo, ex director de personal de Pegaso y firmante, en representación del Cuerpo Nacional de la Inspección de Trabajo, del convenio celebrado, con fecha 26 de mayo de 1977 entre dicho cuerpo y la Mutualidad de la Previsión del INP, cabe hacer las siguientes precisiones:

1.ª La fundamentación que el señor Vidal intenta dar indirectamente a la financiación del convenio es verdaderamente sorprendente en una persona a la que por su cargo se le presumen determinados conocimientos jurídicos. En efecto, el hecho de que algunas órdenes ministeriales, aprobadas en una época bastante tenebrosa de nuestra Administración Pública, hagan alusión a la distribución de este recargo, sólo demuestra que esas órdenes son tan ilegales, como la que hoy se denuncia. El señor Vidal olvida algo tan fundamental en un Estado de derecho como es el principio de jerarquía normativa consagrado a nivel constitucional en la ley Orgánica del Estado.

Según el curioso raciocinio del señor Vidal el recargo no es ni cuota, ni exacción parafiscal. Debe tratarse, en consecuencia, de un «espíritu extraterreno». En el presente caso, o el recargo se considera con un interés de mora de la propia cuota o como recurso parafíscal obtenido por el ejercicio de una potestad sancionadora de la Administiración. Lo que en ningún caso puede ser es un ingreso patrimonial privado sobre el que el ministro de turno pueda hacer «mangas y capirotes». Seamos serios, señor Vidal: o se ha infringido la ley de la Seguridad Social, al detraer de su patrimonio unas cantidades que deben destinarse a financiar las prestaciones de todos los trabajadores, o se ha vulnerado la ley de Tasas y Exacciones Parafiscales en relación con el decreto-ley de 30 de mayo de 1977, y con la ley de Retribuciones de 4 de mayo de 1965, que respectivamente prohiben que los funcionarios sean retribuidos -y la previsión es una retribucción indirecta- por otros conceptos que los legalmente establecidos y disponen que «... todos los ingresos extrapresupuestarios, cualquiera que sea su denominación, que perciban los organismos de la Administración del Estado... se ingresarán directamente en el Tesoro».

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2.ª En cuanto a la alusión al recurso contencioso-administrativo como forma de impugnar la orden y el convenio, estimamos que se trata de una broma, ya que, como podrá comprobar el señor Vidal por una simple y al parecer necesaria lectura de los manuales de Derecho Administrativo, lo que caracteriza a la jurisdicción contencioso-administrativa española es una injustificable rigidez de las vías de legitimación activa, que impide al ciudadano atacar actos abusivos como el que ahora se denuncia.

3.ª Lo que resulta incomprensible, triste y desmoralizador es que en un momento en que se exigen graves sacrificios a la clase trabajadora, y la mayoría de los beneficiarios de la Seguridad Social y los propios funcionarios tienen pensiones de miseria, se utilicen recursos públicos para financiar pensiones de privilegio; pensiones que, como muy bien reconoce el señor Vidal, alcanzan cifras astronómicas.

4.ª Finalmente, debo señalar que el consejo rector de la Mufase ha denunciado ante la Presidencia del Gobierno el convenio y ha interesado de la misma que se dicten las medidas necesarias para que situáciones como ésta no vuelvan a producirse.

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