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El incremento del salario mínimo, por debajo del de los precios

El Gobierno decidirá próximamente un incremento en la cuantía del salario mínimo interprofesional que, según todos los indicios, quedará situado en torno a las 500 pesetas. Ello supondría un aumento del 13,6 % sobre el actualmente en vigor -440 pesetas- fijado en el mes de abril.

Aunque el salario mínimo interprofesional sólo afecta -según cifras oficiales- a unas 700.000 personas, su incidencia es muy notable por cuanto condiciona directamente la evolución de las cotizaciones de empresarios y trabajadores en la Seguridad Social. La vigente ley de Relaciones Laborales establece que el salario mínimo será revisado semestralmente siempre que el incremento de los precios exceda de cinco puntos en el período anterior.El primer salario mínimo, fijado en 1963, fue de sesenta pesetas. El pasado año ya se procedió a regularlo en dos ocasiones, dado el ritmo evolutivo de los índices de precios.

En los distintos medios consultados al respecto por EL PAIS se percibe una especial preocupación por el tratamiento que el Gobierno otorga al tema. Al parecer, algunos representantes de los departamentos económico-laborales del Gabinete sustentan el criterio de no autorizar una elevación excesiva, en buena parte para no agravar la situación de las empresas, a las que las cargas de la Seguridad Social están causando no pocos problemas de tesorería. En esta línea, la cifra apuntada sería la de 490 pesetas. Recientemente, fue designado presidente de la Comisión interministerial para el salario mínimo el subsecretario de la Seguridad Social. Victorino Anguera. Esta comisión fue constituida en el seno de la de subsecretarios para cubrir el vacío existente a partir de la desaparición del sindicalismo vertical. Hasta ahora era competencia del Ministerio de Trabajo, previo informe del de Hacienda y oídos los Consejos de Trabajadores y Empresarios.

Aunque tradicionalmente la cuantía fijada pata el salario mínimo haya quedado situada muy por debajo del salario real de la mayor parte de la población activa y, por supuesto, inferior a lo que pudiera denominarse salario suficiente, va a ser ésta una de las primeras ocasiones en los últimos años en que el incremento fijado por el Gobierno es menor que el experimentado por los precios al consumo. Mientras la tasa de crecimiento de los precios para el conjunto de los siete primeros meses del año es ya del 17 %, el incremento del salario mínimo se deja reducido al apuntado 13,6. Ello se antoja, teniendo además en cuenta que la tasa de crecimiento de precios de agosto y septiembre se espera también alta por los efectos posdevaluatorios, cuando menos disparatado. Ovbiamente, eI poder adquisitivo de los salarios queda ya reducido, aun antes'de que entre en vigor el nuevo salario mínimo.

Dadas las condiciones de la actual situación económica, lo más lógico sería acudir a un salario mínimo suficiente, establecido con criterios de mensualidad, y que muy bien pudieran rondar las 25.000 pesetas. Este criterio es compartido por algunos estamentos de la propia Administración y sería, sin duda, aceptado por las centrales sindicales, que en ocasiones ya han reivindicado el establecimiento de un salario digno.

Una medida como la apuntada conllevaría, lógicamente, otra inmediata: desvincular inmediatamente las bases de cotización de la Seguridad Social de la evolución del salario mínimo interprofesional. Esto dotaría, probablemente, de una mayor racionalidad al sistema de cotización de la SS y reduciría el fuerte gravamen que padecen las empresas por este concepto. Frecuentemente, la presión de los gastos de Seguridad Social causa a las empresas serios problemas de liquidez, como lo demuestra el hecho de que, en tiempos difíciles como los actuales, sean numerosas las peticiones de moratoria en el pago de sus cuotas a la Seguridad Social por parte de las empresas.

De otra parte, una reducción en los costes de la SS sobre los empresarios repercutiría favorablemente en la evolución del empleo. Son muchos los empresarios que se resisten a incrementar sus plantillas por temor a la presión de las cuotas sociales. Presión que, como han señalado reiteradamente los empresarios, difícilmente podrá verse compensada con los beneficios y bonificaciones fiscales que, para el caso de incremento de puestos de trabajo, fije el Gobierno a través de las medidas de actuación fiscal urgente, sometidas actualmente a debate parlamentario.

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