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La llamada ley antilibelo, norma para la libertad

Como «norma para la libertad» fue calificado el reciente decreto-ley sobre la libertad de expresión por el ministro de Información y Turismo, Andrés Reguera, en una rueda de prensa celebrada ante las cámaras de Televisión Española.En el citado decreto-ley, según el ministro de Información y Turismo, se trata de armonizar tres principios importantes: el reconocimiento de la plena libertad de expresión, la tutela de aquellos principios o instituciones que por considerarse fundamentos del Estado deben estar al margen de toda contingencia política, y la protección de la fama y de la dignidad personal con unos procedimientos judiciales de carácter urgente. Los tres principios que, por estimarse fundamentos del Estado, deben quedar fuera de toda cuestión, son la unidad nacional, la Monarquía y las Fuerzas Armadas. "Estas tres cuestiones -dijo el señor Reguera- siguen teniendo las mismas limitaciones que antes". En cuanto a los demás temas, el ministro expresó su pensamiento de que es mayor el aspecto positivo que el negativo del decreto-ley, «puesto que se acrecienta la libertad de expresión y, sin embargo, no se añaden obstáculos por cuanto el artículo 21 de la vigente ley de Prensa venía, en definitiva, a constituir una duplicidad de sanción de hechos que estaban ya en otra parte del ordenamiento legal perfectamente tipificados».

La permanencia de las limitaciones informativas respecto a la unidad de la Patria, Monarquía o Corona y Fuerzas Armadas la explicó el señor Reguera en el sentido de que se había estimado que estas tres instituciones son siempre, y especialmente en estos momentos, «fundamentos del Estado que debemos preservar de toda contienda política: la institución monárquica, la unidad de España y las Fuerzas Armadas son los mejores instrumentos para el ejercicio de las demás libertades».

Por lo que se refiere a las normas antilibelo contenidas en el decreto-ley, el ministro manifestó qu las mismas tienen una vigencia superior a la del período electoral ya que dicho decreto-ley no se ha hecho exclusivamente para dicha campaña, sino como norma, como una supervivencia a este momento, y que lo que sí hay en el decreto es una especial agravación de las penas que se impondrán en su grado máximo cuando se cometan con motivo de la campaña electoral. El señor Reguera insistió en que, aun cuando lleva esta especial agravación en el momento de la campaña electoral, la norma queda con un carácter definitivo para regular o proteger la fama o la dignidad personal.

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