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"La edificación en Las Palomitas es legal y conveniente"

«El Ayuntamiento de Aranjuez ha concedido licencias para construir mil viviendas en Las Palomitas porque la petición es totalmente legal, y si no lo hubieramos hecho así, el promotor habría reclamado. En cuanto a la recomendación del Area Metropolitana de que disminuyamos el número, mañana (por hoy) me reuniré con el delegado del Gobierno en el Area, señor Suay, para que me explique sus argumentos».

Las anteriores declaraciones las hizo Antonio Calvet, alcalde de Aranjuez, en el transcurso de una rueda de prensa convocada por el Ayuntamiento para explicar el porqué de la construcción de esas mil viviendas. La semana anterior, el Area Metropolitana había informado que pediría al Ayuntamiento rebajar el volumen de edificación, ya que, al estar enclavadas en una parcela de 56.000 metros cuadrados, resultaba una densidad de 182 viviendas por hectárea, casi el triple de lo reéomendado por la ley del Suelo de 1975.Las razones expuestas fueron de orden legal y de objetivos municipales. Estos últimos tienen en cuenta que Aranjuez cuenta hoy con unos 40.000 habitantes de hecho, que tienen muy poco suelo urbano para la expansión del pueblo, y que el techo de población previsto para 1977 es de 68.000 habitantes. En este sentido, permitir mil viviendas, unas cuatro mil personas, no supone una congestión.

Las razones legales inciden en la calificación de solar que tiene el terreno donde se van a construir.

La ley del Suelo señala la posibilidad de dos tipos de actuaciones, cuando exista Plan General de Ordenación y el solar esté dentro de la zona de casco urbano.

O hacer un plan parcial, que abarque el polígono completo, donde se sitúa la parcela en cuestión, y que ésta tenga que cumplir las líneas generales del plan. O que un promotor privado realice un estudio de detalle para la parcela en particular

En este caso ha ocurrido la segunda posibilidad, a pesar de que el Ayuntamiento, y así lo reconoció el señor Calvet, podía haberse adelantado y redactar el plan parcial. Pero por las razones municipales apuntadas antes, el Ayuntamiento tampoco tiene, interés en dificultar la iniciativa privada.

La ley del Suelo sólo permite, una densidad máxima de 75 viviendas por hectárea, pero dada su condición de solar en el casco urbano la parcela escapa a la reglamentación de la ley. Y según las ordenanzas, se permite un aprovechamiento del 30% de ocupación en planta, y un volumen de edificabilidad de 4,5 metros cúbicos por metro cuadrado. El promotor, por su parte, ha querido utilizar sus posibilidades al máximo.

Administrativamente, los estudios de detalle no tienen que ser aprobados por el Area Metropolitana. Basta que lo sean por el Ayuntamiento, quien tiene que enviar un oficio al Area como simple notificación. Por tanto, este organismo, que normalmente es de competencia superior en este caso sólo puede hacer recomendaciones, que el Ayuntamiento no parece estar dispuesto a admitir. Si la decisión no varía, la parcela, hoy ocupada por una fábrica y una serie de barracoñes, dará albergue a 1.020 viviendas.

Preguntado el alcalde sobre si, al margen de que sea legal, este hecho es también conveniente para el pueblo, y si el Ayuntamiento ha obtenido todo el beneficio posible, la contestación fue un sí rotundo.

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