Impuestos sobre café almacenado
Una orden del Ministerio de Comercio, publicada ayer por el Bolefin Oficial del Estado, fija los tipos impositivos que deberán satisfacerse por las existencias de café que le hayan comercializado con posterioridad al 3 de enero. y que figurasen almacenadas con anterioridad a esa fecha.Asimismo, se gravan los solubles que hayan salido al consumo con posterioridad al 25 de enero pasado.
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