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Reportaje:Aspectos económicos de la enseñanza privada en España / 1

Las retribuciones de profesores y su repercusión en las cuotas de los centros

El fantasma de los cierres masivos de los centros privados de enseñanza no universitaria, que se enfrentan hace tiempo a una grave crisis de raíces fundamentalmente económicas, ha vuelto a resurgir con motivo de la reciente publicación del convenio colectivo interprovincial de la enseñanza no estatal.Se trata de un problema semejante al planteado en los centros del Estado, que analizó ampliamente el Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) con ocasión de la pasada huelga de su profesorado de Educación General Básica (EGB). Las reivindicaciones de participación, pedagógicas, de calidad de la enseñanza, etc., aun siendo sinceras, no son sino telón de fondo del tema económico, que se presenta hoy como protagonista en todas las modalidades de la enseñanza.

En los centros privados no universitarios, concretamente, la crisis se centra en los siguientes aspectos básicos.:

1) Las retribuciones del profesorado y su repercusión en.las cuotas de los centros.

2) La posibilidad estatal de afrontar seriamente el compromiso dela gratuidad de la enseñanza (afecta sólo al nivel EGB).

3) La posibilidad estatal de percibir en sus centros, como la Ley impone en los niveles educativos no gratuitos, unas tasas relacionadas con el coste real por puesto escolar.

Si en cualquier empresa son capítulo fundamental las retribuciones del personal, mucho más en la empresa educativa, donde no existe la mecanización, donde todo el trabajo ha de desarrollarse a base de dedicación de personas, y donde no tienen cabida los conceptos habituales de incremento de la productividad, si no es en sentido cualitativo.

Está comprobado en la práctica que al menos un 75 % de los ingresos de un centro docente privado se dedican a gastos de nomina. en forma de sueldos directos, pagos a la Seguridad Social e impuestos sobre el rendimiento del trabajo personal.

De ello puede colegirse que cualquier variación en las retribuciones deba repercutir casi íntegramente en las cuotas.

Sin embargo, desde el curso 1970/71 en que el MEC empezó a aplicar un rígido control de precios, la enseñanza privada, la realidad ha estado muy lejos de esa necesaria repercusión. Un cuidadoso estudio de José Corral ha demostrado que, en los cinco cursos transcurridos desde entonces hasta 1975/76, el índice promedio de aumento de costes de personal ha sido del 174 %, mientras los incrementos autorizados en las cuotas sólo llegaban al 48%.

Consecuencias inmediatas han sido: la paralización casi absoluta de nuevas iniciativas privadas en los niveles de EGB y Bachillerato; el cierre de centros, en número que supera los trescientos: una gravísima descapitalización de los centros que subsisten: una forzada y drástica reducción en éstos de los gastos de funcionamiento no afectos a personal y por consiguiente un notable deterioro en el nivel de calidad de la enseñanza ofrecida a los alumnos.

Por lo que respecta a la cuantía objetiva de las retribuciones del profesorado el siguiente cuadro ofrece el desarrollo desde el curso 1973/74 hasta el 1977/78 (estimado), de los sueldos brutos anuales mínimos aplicables a las dos categorías mas representativas: profesor titular de EGB y profesor titular de Bachillerato (BUP). En ambos casos se supone la antigüedad promedia de tres trienios que el mismo MEC utiliza en sus cálculos:

Conclusiones

Del estudio de los datos anteriores se concluye:a) Los niveles actuales de retribución absoluta del profesorado son semejantes a los de muchísimas otras profesiones del país.

b) Debe subrayarse que los niveles de sueldo en el pasado eran muy bajos; pero la velocidad de crecimiento de la retribución del profesorado de EGB en los cinco años estudiados posiblemente no tenga parangón en ningún otro sector laboral español.

c) Es cuestionable que los sueldos del profesorado puedan, en el futuro. alejarse de crecimientos similares al índice del coste de la vida.

d) El número de horas exigibles está entre el 50 % y el 60 % de lo que es normal en otros sectores. Si resulta cierto que se precisa un elevado número de horas no lectivas para corregir, preparar clases, etcétera, deberían ser específicamente incorporadas al horario laboral. Igual habría de suceder con las vacaciones.

e) El gran aumento de sueldos producido por el reciente convenio habrá de reflejarse en las cuotas con notables alzas, a menos que el MEC pueda atender con más y mejores subvenciones a los centros. De esto nos ocuparemos en el próximo artículo.

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