Libertad de tipos de interés para operaciones a más de dieciocho meses
La libertad de tipos de interés para plazos superiores a los dieciocho meses para operaciones pasivas o activas de la banca será una de las disposiciones que adoptará el Ministerio de Hacienda en virtud de las facultades conferidas al mismo por el artículo 25 del decreto-ley de medidas económicas aprobadas el pasado día 8, según se desprende de unas declaraciones hechas a la agencia Logos por el director general de política financiera, Ignacio Satrústegui.La libertad de tipos de interés a más de dos años la estableció el ministro Barrera en agosto de 1974. No obstante la banca ha alineado su oferta de intereses en las operaciones pasivas a idéntico tipo, por iniciativa de la gran banca, con pocas excepciones en algunos bancos medianos.
Directivos de Cajas de Ahorro señalaron a la misma agencia que la medida les perjudica ya que una, mayor remuneración al ahorro supone una menor rentabilidad a la vista de porcentaje de inversiones obligatorias que tienen establecido.
En medios financieros se ha señalado a EL PAÍS que la libertad de tipos a más de dieciocho meses encarecerá más las operaciones activas de la banca que las pasivas, ya que es más habitual el conceder créditos a ese plazo que efectuar depósitos. Una vez que entre en vigor la disposición habrá que ver el efecto que tiene sobre la evolución de los pasivos bancarios y sobre el aumento del coste del crédito para empresas y particulares.


























































