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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

El jornal mínimo interprofesional y los porteros

Si la memoria no me es infiel, el jornal mínimo interprofesional se creó en el año 1963, y el decreto decía así: «No habrá ningún español mayor de dieciocho años que cobre menos del jornal mínimo interprofesional.Como a los empleados de fincas urbanas no se nos aplicaba, se hizo la correspondiente consulta al Ministerio de Trabajo, y se nos contestó que había una orden del señor ministro de que a los que cobraban especie no se les podía aplicar.

Pues bien, intentaré ser lo más claro posible cómo es el sueldo de los porteros.

En primer lugar, para buscar en la tabla el sueldo, se toma la renta líquida de la finca y se le descuenta a tal renta el 30 por 100, que se dice es la especie, y con la diferencia se busca el sueldo que con los tantos por cientos de complementos formala parte en metálico, y la especie se refiere a la vivienda, agua y luz.

Hay que hacer constar que el jornal mínimo se creó para una jornada laboral de ocho horas. Nosotros, los porteros, estamos dieciséis horas seguidas, y las otras ocho horas restantes del día también hay que estar pendientes por si ocurre alguna avería, un telegrama que llega o alguna persona que se pone enferma y tenemos que atenderla, lo que quiere decir las veinticuatro horas del día pendientes del servicio.

Si el jornal se creó para una jornada laboral de ocho horas diarias y cuarenta y cuatro semanales, ¿por qué no tenemos nosotros derecho al jornal mínimo interprofesional cuando estamos tantas horas de servicio?

También hay que hacer saber que muchos, entre metálico y especie, no llegamos ni con mucho al referido jornal, y aunque en la actualidad hay un artículo en la ordenanza que dice se nos dé la diferencia de lo que cobramos en metálico hasta alcanzar el jornal, muchos no alcanzamos a la cantidad de 10.350, que, repito, son por las ocho horas laborales, porque a dicha cantidad hay que descontar el 30 por 100 por ser la especie.

A partir del mes de marzo de 1974, que fue aprobada nuestra última ordenanza laboral, no hemos tenido ninguna mejora salarial, pero sí pérdidas en nuestros sueldos, ya que cada vez que suben, el jornal mínimo interprofesional aumentan las cotizaciones de los Seguros Sociales y, por tanto, aumentan los descuentos, lo que significa que nosotros somos los únicos trabajadores que, mientras a los demás les suben los jornales y los sueldos, a nosotros nos lo bajan.

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