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El Gobierno pide anular la regulación de las corridas de toros en Baleares

El Consejo de ministros considera inconstitucional la medida aprobada en julio pasado

El diestro Francisco Rivera Paquirri durante una corrida de toros en Palma de Mallorca, en agosto pasado.
El diestro Francisco Rivera Paquirri durante una corrida de toros en Palma de Mallorca, en agosto pasado.Cati Cladera (EFE)
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Baleares aprueba las corridas de toros sin sangre ni muerte

El Consejo de ministros ha solicitado este viernes al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra la ley autonómica de Islas Baleares que prohíbe la muerte del toro en las corridas. El Parlamento balear había aprobado la regulación de los festejos taurinos en julio pasado, que también impide que menores de 18 años puedan ingresar a las plazas.

Con base en el artículo 161.2 de la Constitución, el Gobierno considera que la legislación balear incurre en inconstitucionalidad “porque invade o menoscaba competencias estatales que regulan las condiciones básicas que garantizan la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y deberes”. El acuerdo de los ministros sugiere que dicha regulación también invade “competencias estatales” en materia de actividad económica, defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español, así como de seguridad pública.

Por último, el Consejo de ministros apunta que el Estatuto de Autonomía de Islas Baleares, a diferencia de otras Comunidades Autónomas, no recoge “competencias específicas para la protección de los animales”. Este punto, destaca el documento, fue el mismo en que se sustentó el Tribunal Constitucional en 2016, cuando anuló una regulación similar en Cataluña. “Es competencia de la Administración General del Estado garantizar la conservación y promoción de la Tauromaquia como patrimonio cultural”, juzgó en su momento el tribunal respecto a la ley catalana.

La ley aprobada en el Parlamento balear prohíbe la muerte del animal en la plaza, así como el daño físico y psíquico, que son sancionables con multas de hasta 100.000 euros. Establece el capote y la muleta como únicos utensilios a utilizar por los profesionales taurinos, vetándose expresamente el uso de “banderillas, rejones, puyas, estoques o espadas”, entre otros. En cada corrida pueden participar un total de tres astados y su intervención debe ser de un máximo de diez minutos. “Una vez transcurrido ese tiempo serán conducidos y retornados a los corrales”, establece el texto.

La regulación también decreta que las corridas solo se pueden celebrar en las plazas de toros permanentes y con ganado que cuente con un mínimo de cuatro años. Tanto los astados como los toreros deben ser sometidos a controles antidopaje antes de participar en la corrida. Además, prohíbe la venta y el consumo de alcohol en el recinto, en el que la cartelería tendrá que advertir de que el festejo puede herir la sensibilidad del espectador. Tampoco están permitidos el toreo con caballos —el rejoneo—, los circos con animales salvajes ni los nuevos festejos populares que los incluyan.

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