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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Un conflictivo equilibrio

La demanda de McCartney a Sony/ATV es compleja por diferentes motivos, por lo que el resultado es incierto

Paul McCartney durante un concierto en octubre de 2016.
Paul McCartney durante un concierto en octubre de 2016.Mario Anzuoni (REUTERS)

Los legisladores, sabiendo que en muchos casos los autores y artistas son el eslabón más débil de la cadena creativa, incluyen en la normativa en materia de propiedad intelectual mecanismos para garantizarles un retorno justo por la explotación de sus obras o prestaciones. Uno de ellos es el que ha utilizado Paul McCartney para instar un procedimiento judicial con el objetivo de que Sony/ATV (la empresa titular de los derechos de varias de sus composiciones musicales de entre 1962 y 1971) deje de tener tales derechos para poder explotarlos él, como autor original junto a John Lennon.

La regulación de la propiedad intelectual ha cambiado en EE UU en las últimas décadas. Se ha pasado de un sistema con una protección limitada a 28 años (renovables), vigente durante la mayor parte del siglo pasado, al actual, por el que se protege una obra durante la vida del autor y 70 años tras su muerte. El Congreso estableció mecanismos para garantizar que se pudiesen beneficiar de esta ampliación de plazos también los autores que hubiesen cedido sus derechos con anterioridad a la entrada en vigor del Copyright Act de 1976, y no solo los cesionarios de sus derechos. Ahora, McCartney invoca uno de ellos, concretamente el de la sección 304(c), que permite a un autor o a sus herederos resolver una cesión de derechos “en cualquier momento durante un periodo de cinco años, comenzando al finalizar el plazo de 56 años desde la constitución de los derechos de propiedad intelectual (…)”, los cuales comenzaron con las primeras canciones de The Beatles en 1962.

El asunto es complejo por diferentes motivos (como la jurisdicción aplicable o determinados precedentes), por lo que el resultado es incierto. Quizá, lo que en realidad subyace es una estrategia del exbeatle para renegociar las condiciones en las que los derechos de sus canciones fueron cedidos hace más de cinco décadas. En un sector en el que los pleitos a priori solo compensan a los abogados, es muy probable que en unos meses leamos cómo las partes han llegado a un acuerdo extrajudicial “por una suma no revelada de dinero”.

Andy Ramos Gil de Haza es el abogado especializado en derecho del entretenimiento 

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