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El Consejo de Garantías Estatutarias avala los 'correbous'

El órgano consultivo catalán da continuidad a los festejos taurinos sin muerte típicos en Tarragona

El Consejo de Garantías Estatutarias ha dictaminado que la Proposición de ley de regulación de las fiestas tradicionales con toros en Cataluña, los correbous, se adecua a la Constitución Española y al Estatut, una decisión que ha sido adoptada por la unanimidad de los miembros del órgano consultivo de la Generalitat.

Con este pronunciamiento el Consejo respalda la normativa catalana que garantiza la continuidad de los 'correbous', festejos taurinos sin muerte con mucho arraigo en el sur de Cataluña, sólo una semana después de que el Parlament aprobara por mayoría absoluta la prohibición de las corridas de toros a partir del 1 de enero de 2012.

El dictamen se ha realizado a instancias del PP, que cuestionaba el artículo tres de la proposición de ley que establece que "solo se pueden autorizar fiestas con toros en las localidades y las fechas en qué tradicionalmente se han celebrado" como en fiestas mayores, ferias y celebraciones populares.

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En la solicitud de dictamen presentada, los populares consideraban que la proposición de ley vulneraba la autonomía local de los municipios porque impedía a partir de ahora organizar correbous a aquellas localidades que no lo habían hecho tradicionalmente.

Para el PP, esto suponía una discriminación de los municipios dentro del territorio de Cataluña, porque suponía que algunas localidades podían organizar esta fiestas con toros y otras no.

En su dictamen, el Consejo falla que de la "interpretación sistemática del artículo 3" no se desprende ni que se impida organizar correbous a los municipios que lo han hecho hasta ahora, ni que se impida que puedan instaurar esta fiesta de nuevo a los municipios que la celebraron anteriormente.

"En consecuencia, tenemos que concluir que el artículo 3 del Proyecto de Ley examinado, al establecer determinados requisitos para la autorización del espectáculo taurino de los correbous, no vulnera la autonomía local" garantizada por la Constitución y el Estatut, concluye el Consejo.

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