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Los afectados por el proyecto Castor creen que el tribunal menosprecia su sufrimiento tras la absolución de los responsables

Los perjudicados por los terremotos que se produjeron tras la puesta en marcha del almacén de gas consideran que la sentencia tiene incongruencias

María Fabra
Proyecto Castor
Instalación de la plataforma de procesos del proyecto Castor.Gudnus.com

Los afectados por los terremotos registrados en la costa norte de Vinaròs y sur de Tarragona tras la puesta en marcha del almacén de gas del proyecto Castor han emitido un comunicado en el que critican la sentencia por la que han sido absueltos los dos exresponsables de la empresa Escal, Recadero del Potro y José Luis Martínez Dalmau, y la propia empresa. “El tribunal menosprecia el sufrimiento de la población, considerando que la alarma y preocupación generada no tiene entidad suficiente como para haber generado un daño cuantificable”, señalan.

De momento, los abogados de la plataforma Aplaca —que integra a los afectados— aún no han decidido si recurrirán ante el Tribunal Supremo, pero señalan que, en un análisis preliminar, detectan “diversas incongruencias, omisiones, errores materiales y manifestaciones que podrían ser arbitrarias”.

Entre los hechos que destacan está el de “cómo un expediente que consta de ocho tomos y más de 17.000 folios ha sido despachado en una sentencia de apenas 50 páginas en menos de 15 días desde la finalización de las vistas del juicio”, tal como indica el comunicado, que además menciona la “manifiesta hostilidad e incluso falta de respeto con la que el tribunal ha tratado a la representación letrada de Aplaca”, en referencia al tribunal de la Audiencia Provincial de Castellón. “Pensamos que la sociedad en general y la población afectada en particular se merece un esfuerzo mayor por parte del sistema judicial”, exponen.

El fallo absuelve a los acusados al considerar que cumplieron la normativa vigente y que en ningún caso se produjo un peligro grave. Además, considera que actuaron ante la detección de terremotos una vez comenzaron las inyecciones de gas en el almacén subterráneo, ubicado frente a la costa de Vinaròs: “Fueron adoptando medidas correctoras a medida que iban teniendo conocimiento del aumento de la sismicidad causado por su actividad empresarial”, indica. El fallo incluso alaba la actitud de los directivos que “procedieron a analizar detalladamente la evolución de la sismicidad inducida” y redujeron luego el volumen de las inyecciones de gas “además de informar a las autoridades de dicho aumento de la sismicidad”.

Los afectados, que suman más de un centenar de personas y están representados por el despacho BCV Lex, califican de “incomprensible” el hecho de que el tribunal no considere que las reglas técnicas para el desarrollo y explotación de la concesión “no sean consideradas como normas de obligado cumplimiento”. También critica que el tribunal haya descartado la existencia del delito al considerar que los hechos no son de gravedad suficiente, “como si la gravedad fuera por sí misma un requisito para la existencia del delito, cuando en realidad no es más que una agravante”. Además, acusan al tribunal de confundir el perjuicio moral con un perjuicio corporal “que no se ha reclamado”.

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