Castor, un modelo pautado para extraer rentas públicas
Primero, se encarece el coste inicial si lo financia la administración; después, los retrasos suben el precio final de la obra; se pacta una indemnización faraónica y cuando el yacimiento cierra, un ministro aprueba la compensación deprisa y corriendo
Pocas dudas quedan ya de que el proyecto Castor, el que iba a ser el almacenamiento natural de gas más importante de España, es un caso más de lo que los sociólogos del pan pringado llaman extracción de rentas públicas. Los tribunales están anulando pieza a pieza el procedimiento aprobado por el Gobierno de Rajoy (el ministro Soria, en concreto) para pagar una indemnización de 1.350 millones a la empresa concesionaria del almacenamiento (ACS), después de que la inyección de gas provocara casi mil terremotos, se detectara una fisura no prevista en la estructura del yacimiento y se denunciaran fallos administrativos.
El modelo de extracción de rentas públicas que con tanto éxito representa el yacimiento Castor tiene pautas. En primer lugar, un proyecto cuyo coste inicial es modesto se encarece oportunamente cuando se pacta financiación con dinero público, incluido el Banco Europeo de Inversiones; después, se multiplica, mediante los retrasos oportunos, el coste inicial de las obras, de forma que una inversión de 700 millones se convierte en otra de no menos de 1.700 millones; previamente se ha firmado un contrato sonrojante con la Administración, en este caso con el Ministerio de Industria que dirigía Miguel Sebastián, en el cual se impone una indemnización faraónica si la obra fracasa; cuando hay que echar el cierre, otro ministro, en este caso José Manuel Soria, entrega la indemnización de forma instantánea.
El caso Castor tiene que aclararse en todas sus consecuencias políticas y empresariales. Un informe independiente tendría que aclarar algunos extremos cruciales con el fin de exigir responsabilidades a los Gobiernos involucrados y al grupo privado ejecutor del proyecto. Por ejemplo: 1. Si hubo un encarecimiento doloso de la inversión inicial cuando Escal y ACS negociaron con Industria y Enagas para construir el almacén; 2. Si hubo negligencia en la inyección del gas colchón (el que se usa para sellar las paredes de la roca) a más presión de la debida; 3. Por qué se autorizó deprisa y corriendo el pago de la indemnización sin conocer las causas de los sismos ni la responsabilidad que pudiera atribuirse a la empresa constructora.
Existe un modelo para extraer rentas públicas. Deberíamos saber, con informes independientes, si el otro nombre por el que se conoce el modelo es saqueo.
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