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Jorge Correa Sutil, sobre el fallo contra las isapres: “Cuando los jueces sustituyen a los legisladores subvierten al orden democrático”

El exministro del Tribunal Constitucional chileno critica la sentencia de la Corte Suprema que obliga a las aseguradoras de salud privada a fijar precios. Aun así, dice que la causa del problema no es el Poder Judicial, sino el Legislativo, que no lo ha resuelto

Antonieta de la Fuente
Jorge Correa Sutil, abogado
Jorge Correa Sutil en su oficina en Santiago, Chile.Cristobal Venegas

El abogado constitucionalista chileno Jorge Correa Sutil viene desde hace un tiempo alertando de las, a su juicio, vulneraciones a la ley de la Corte Suprema de Chile a la hora de dictar sentencias relacionadas a la salud. Por eso decidió actuar, tras el fallo de este jueves en el que la tercera sala constitucional del máximo tribunal obliga a las isapres -como se conoce a las aseguradoras privadas de salud en el país sudamericano- a fijar un valor para el paquete de Garantías Explícitas en Salud (GES), que incluye la cobertura de 87 enfermedades.

A través de una carta al periódico chileno El Mercurio, el exsubsecretario del Interior del Gobierno de Ricardo Lagos (2000-2006) y exministro del Tribunal Constitucional (2006-2009) ha planteado que el carácter general de la sentencia, que incluye a todo el universo de afiliados y no solo a aquellos que presentaron recursos ante la Corte, “vulnera el debido proceso” y que “subvierte el orden democrático”. En entrevista con EL PAÍS profundiza en su apreciación y explica sus razones.

Pregunta. ¿Por qué considera este fallo ilegal?

Respuesta. La decisión es ilegal, porque extender un fallo más allá de las partes de las causas o de lo discutido es contrario a la ley. Una de las garantías básicas del debido proceso es que las personas que van a ser afectadas por una sentencia puedan ser oídas. Eso se llama la bilateralidad de la audiencia, el derecho a defensa y aquí hay un conjunto de personas que no formaban parte de esos recursos, que no fueron oídas y que van a ser afectadas. Además, aquí se resuelve más de lo pedido. Las partes solicitaban que no se alzaran sus planes de salud y debía resolverse por esos planes, no por los de toda la gente. Eso se llama ultra petita (más allá de lo pedido) y es contrario al debido proceso.

P. ¿Por qué además plantea que esta sentencia “subvierte el orden democrático”?

R. Porque la fijación de aranceles para una prestación de salud está reservada por la Constitución al legislador con iniciativa exclusiva del presidente de la República. Cuando los jueces sustituyen a los legisladores subvierten al orden democrático.

P. No es primera vez que la tercera sala de la Corte Suprema dicta un fallo de carácter general. ¿Qué es lo que hay de fondo en esta discusión?

R. No es primera vez y no tengo idea qué está pasando ahí. Lo que sí puedo adivinar es que cuando se produce un vacío de poder como aquí, ha ocurrido producto de la renuencia y dejación de los legisladores de cumplir con su tarea. La gente recurre a los tribunales y estos empiezan a cumplir las labores que otros no cumplen. Pero la causa por la cual parte este problema no es del Poder Judicial, sino del Poder Legislativo y su falta de capacidad de regular el precio de las isapres, como igualmente muestra una falta de capacidad notoria para las pensiones y otras cosas.

Jorge Correa Sutil durante una entrevista para EL PAÍS.
Jorge Correa Sutil durante una entrevista para EL PAÍS. Cristobal Venegas (© CRISTOBAL VENEGAS)

P. ¿Cómo califica usted el papel del juez Sergio Muñoz, presidente de la tercera sala de la Corte Suprema?

R. Yo me hago cargo de criticar las sentencias, no me gusta criticar personas.

P. Algunos plantean que existe una especie de activismo judicial. ¿Lo ve así?

R. Bueno, las sentencias de carácter judicial son una muestra de activismo judicial. Y hay otras sentencias que también denotan activismo judicial y que no son de carácter general y han sido dictadas por la tercera sala.

P. El ministro de Justicia, Luis Cordero, planteó diferencias con su criterio. Dijo: “Con Jorge tengo una discrepancia”. Y explicó que “lo que la Corte está resolviendo es una acción constitucional, materia de las que viene dando alcance desde finales de los 80″.

R. Que lo venga haciendo desde finales de los 80 no significa que sea legal. Ese argumento no pone en duda que esto viola la ley y los principios del debido proceso y subvierte el orden democrático.

P. ¿Pero el hecho que sea esta tercera sala la que deba dirimir sobre asuntos constitucionales no es un argumento válido?

R. No. Los recursos de protección permiten tomar las medidas de resguardo para poner fin al carácter ilegal o arbitrario de un acto, pero no permiten el fallar más allá de las partes en disputa, ni de la materia en disputa. El hecho de que sea constitucional no es excepción a esas reglas básicas del debido proceso.

P. Otro de los argumentos a favor de estos fallos de carácter general es la excesiva judicialización de estos casos y el colapso de las cortes que revisan estas causas.

R. Sin duda los tribunales están abrumados. Ahora, eso no les permite salir por la vía de una solución que es contraria a derecho. No pueden intentar salir del problema serio con una sentencia de carácter general, porque no pueden violar la ley con tal de solucionarlo. La regla básica de nuestro Estado de derecho es que ni aún a pretexto de circunstancias extraordinarias, y esta lo es, las autoridades pueden arrogarse otra competencia que las que la Constitución y la ley les confiere.

P. Este tribunal viene corriendo las barreras del derecho en temas de salud hace tiempo, más allá de sentencias de carácter general. Por ejemplo, en enfermedades raras y muy caras de tratar, al fallar para que las isapres las cubran aunque no están en el GES. Han señalado en sus sentencias que ahí es el derecho a la vida el que prima. ¿Qué haría usted en ese caso si estuviera en esa posición?

R. Yo los rechazaría, porque me parece que siendo escasos los recursos del Estado para atender toda clase de enfermedades, es necesario que haya un criterio para seleccionar cuáles sí y cuáles no. Y ese criterio solo pueden adoptarlo las autoridades que están sujetas a escrutinio público y que responden políticamente, es decir, aquellas electas. Creo que ahí hay decisiones muy dramáticas, pero cuando se adopta una decisión de decir ‘financie esto que no está en el listado GES’, lo que ocurre es que se cambian las prioridades de la fila. No me parece que estas decisiones tengan que tomarse individualmente y según las personas que recurran o no a los tribunales.

Jorge Correa Sutil en Santiago.
Jorge Correa Sutil en Santiago.Cristobal Venegas

P. ¿Cree que la ley corta presentada por el Gobierno del presidente Gabriel Boric podrá resolver el problema en el que se encuentran las isapres hoy?

R. No sé si lo va a poder resolver. Si entienden que tienen que hacer devoluciones, no se va a solucionar este asunto. No sé, a lo mejor hay que suprimir las isapres, pero eso es materia política, pero escapa a mi capacidad de análisis.

P. Hay quienes sostienen que este tipo de fallos son un síntoma de una crisis institucional en Chile. ¿Lo cree así?

R. No cabe duda. La deficiencia del legislador parte por tener un mal diseño y muchos defectos políticos en la Constitución que ha permitido dispersión de partidos, díscolos y ha premiado esas conductas. Vemos a un presidente siempre con minoría en el Congreso. Y todo eso termina con que el legislativo no es muy operativo y cada vez que entra en un tema espinudo, como la agenda de seguridad o el caso de pensiones o de isapres, se pasa 10 años sin resolverlo. La gente, entonces, va donde puede ir, que son los tribunales, y estos a veces hacen lo que pueden hacer y otras veces lo que no debieran, como en este caso.

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Sobre la firma

Antonieta de la Fuente
Es periodista de EL PAÍS en Chile, especializada en negocios y economía. Ha trabajado en los principales medios escritos del país, como 'Qué Pasa', 'La Tercera', 'Diario Financiero', 'La Segunda' y 'Revista Capital' de la que fue editora general entre 2013 y 2019.

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