La Fiscalía se opone a las salidas diarias de la cárcel de Jordi Cuixart
El ministerio público reprocha que la concesión del 100.2 no puede ser un "tercer grado encubierto" y ha de estar motivada
La Fiscalía de Barcelona ha expresado su rechazo a que el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, disfrute de salidas diarias de prisión para acudir a trabajar y hacer voluntariado. El ministerio público se opone a la aplicación, decidida por la junta de tratamiento de la cárcel de Lledoners, del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que permite flexibilizar el cumplimiento de las penas.
El informe recuerda que la aplicación del 100.2 es "excepcional", que su interpretación es "restrictiva" y que debe ir asociado al tratamiento del interno. Hacerlo de otro modo, como en el caso de Cuixart, "es una forma espuria de otorgar una clasificación en tercer grado", opina la Fiscalía. El informe señala que la cantidad de horas que Cuixart pasa fuera de la cárcel (12) cinco días a la semana acaba siendo una "cobertura para dar acceso a un tercer grado encubierto".
El fiscal recuerda que Cuixart fue condenado a nueve años de cárcel por un delito "grave" como el de sedición. Y señala que su tratamiento debería orientarse a "enseñar" al presidente de Òmnium a "respetar la ley" y a que "solo se puede conseguir aquello que se desea utilizando los mecanismos legales". Salir diariamente para trabajar en su empresa de diseño de maquinaria industrial y para hacer voluntariado en un centro de jóvenes, dice la Fiscalía, no influirá en su tratamiento. Cuixart no tiene "déficits" en el ámbito laboral ni en el social, al contrario, es "emprendedor, muy trabajador y con gran conciencia social".
Junto a esos factores positivos, añade, hay otros que "no lo son tanto", como la "falta de reconocimiento del carácter delictivo de su conducta". El escrito recuerda que la pena también tiene por objeto disuadir de la comisión de nuevos delitos y señala que el 100.2 se aplica con "gran amplitud horaria" y desde los "primeros momentos del cumplimiento de la pena".
Las cárceles catalanas han aplicado ya esa medida a cinco de los nueve condenados a penas de prisión por el procés, aunque por ahora solo Cuixart disfruta ya de las primeras salidas. El recurso de la Fiscalía no paraliza la aplicación del artículo 100.2, pero deberá ser examinado por la juez de vigilancia penitenciaria que tiene asignados los asuntos de la cárcel de Lledoners (Barcelona). La juez se opuso hace unos días al planteamiento de la Fiscalía en el sentido de no conceder un permiso de 72 horas a Jordi Cuixart y al expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez.
En su escrito sobre el 100.2, la Fiscalía argumenta que no pueden convertirse los permisos de salida en una especie de "segundo grado y medio", en alusión a la clasificación de los políticos presos. Todos ellos cumplen por ahora en segundo grado o régimen ordinario, el de la mayoría de los presos en España. Aún no se les ha otorgado el tercer grado, que permite salir durante el día y volver a la prisión solo a dormir. El 100.2, sin embargo, es un artículo flexible que permite salidas diarias de prisión para realizar actividades diversas; por ejemplo, trabajar o hacer voluntariado. Tal es el caso de Cuixart, que tiene concedido un permiso para salir cinco días a la semana, durante nueve horas y media cada día, para trabajar.
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