Sanciones y cierres a cinco locales “after” en Madrid
Uno de ellos está en Chamberí y el resto, en el distrito Centro y se enfrentan a multas de entre 21.500 euros y el medio millón de euros

El Ayuntamiento de Madrid ha impuesto el cierre y sanciones económicas de entre 21.500 y medio millón de euros a cinco locales de la capital, uno de ellos en el distrito de Chamberí y el resto, en Centro, por ejercer como after hours. Una portavoz municipal recuerda que los after son ilegales en Madrid y explica que estos locales operaban con antiguas licencias de bar, que les permitían poner música de seis de la mañana a las dos y media de la madrugada. Sin embargo, un nuevo decreto del Gobierno regional prohíbe funcionar con música antes de las diez de la mañana. A los cinco locales se les imputan entre todos 215 infracciones, que conllevan, además de las multas, su cierre por periodos que van desde un mes a más de cuatro años.
Según ha adelantado el diario Abc y confirmado el Consistorio, el local de Chamberí se enfrenta a una sanción de 21.500 euros, mientras que los otros cuatro pagarán 61.500 euros, 69.000, 258.500 y 504.500 euros. Estos locales, que se anunciaban como after y ejercían su actividad ilegalmente con licencia de bar, se enfrentan además a órdenes de cierre por los reiterados incumplimientos de la normativa que van desde un mes hasta 58 meses. Es el caso de Astronautas Jaguerground (en la calle de Santa Teresa, 14, zona Alonso Martínez), que acumula 127 infracciones y que es el que se enfrenta a la mayor sanción económica.
Las multas se han aplicado en virtud del decreto 40/2019 del 30 de abril, que entró en vigor el 8 de mayo, por el que se modificó el decreto de 1998 que fija el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones. Entre las modificaciones introducidas "destaca la prohibición de funcionar con música antes de las diez de la mañana", subraya la portavoz. De incumplirse este horario, supone una infracción "grave" y puede sancionarse con multas de entre 4.501 a 60.000 euros y, alternativamente, con la clausura del local hasta seis meses, según el artículo 41. 2 de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR).
Este cambio busca permitir al Ayuntamiento que combata los after. Hasta ahora, la Agencia de Actividades no podía hacer nada, ya que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró que las actividades se ejercían legalmente conforme a su licencia y no cabía imputarles ninguna infracción de la LEPAR.
Con la nueva normativa asume las competencias de control del funcionamiento del horario de la música la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento, que ha iniciado una campaña con visitas de inspección en la que, entre otras medidas, ha descargado los datos contenidos en los limitadores registradores de los equipos de sonido.
Gracias a dichos datos, se ha obtenido una prueba documental fehaciente del funcionamiento habitual de estas actividades fuera de los horarios autorizados, lo que ha permitido demostrar las infracciones graves en cada fecha de incumplimiento y que se pueda, por tanto, probar la intencionalidad de las actividades, lo que constituye un agravante a la hora de fijar las sanciones.
También se han considerado agravantes la negativa de quitar la música a petición de la Policía, la gravedad de las molestias causadas a los vecinos o la ubicación de estos locales en Zonas de Protección Acústica Especial. En su campaña contra los after hours, el Ayuntamiento visitó un sexto local, en la calle de Guzmán el Bueno, 104 (barrio de Vallehermoso), pero se encontraba ya sin actividad.
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