Fuset será juzgado por el accidente mortal en las gradas de Viveros
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia rechaza todos los recursos contra el auto de procesamiento
El concejal de Cultura Festiva y portavoz de Compromís en el Ayuntamiento de València, Pere Fuset, se sentará en el banquillo de los acusados por el accidente mortal en el montaje de las gradas para los conciertos de la Feria de Julio de Viveros de 2017 al rechazar la sección cuarta de la Audiencia Provincial todos los recursos contra el auto de procesamiento.
De esta forma, la sala confirma la decisión del Juzgado de Instrucción número 18 de València que el pasado mes de octubre acordó el procesamiento del edil por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave y otro contra la seguridad de los trabajadores.
Fuset había solicitado la nulidad del auto de procesamiento al considerar que estaba pendiente de resolución una petición de diligencias de investigación que consideraba necesarias porque pidió la declaración como testigos de técnicos cuya comparecencia entendía que acreditarían que su actuación fue con su previo consejo.
Fiscalía, que no formula acusación contra el edil al entender que no era encargado de realizar las obras ni el promotor, se adhirió parcialmente a su recurso y pidió el sobreseimiento provisional entendiendo que el Ayuntamiento de València debía ser tenido como responsable civil subsidiario como promotor del evento de los conciertos de la Feria de Julio y de las gradas en las que murió el trabajador. La familia del fallecido pide cinco años de cárcel para el edil.
Los hechos ocurrieron a finales de junio de 2017 y trascendieron el 4 de julio de aquel año. El operario falleció cuando participaba en los trabajos de montaje e instalación de las gradas para los conciertos de Viveros. A causa del siniestro, la Inspección de Trabajo impuso al Ayuntamiento de València una sanción "muy grave" de 40.000 euros.
Además del concejal, en el auto de procedimiento abreviado el juez aparece como procesado el Ayuntamiento de València, responsable civil subsidiario, además de diversas personas físicas y jurídicas, entre ellas la Asociación de Promotores Musicales de la Comunitat Valenciana y contratas y subcontratas que se encargaron de la organización del evento.
El pasado mes de octubre, el juez instructor dictó auto de procedimiento abreviado, paso previo para la apertura de juicio oral, y para ello se basó en el informe realizado por la Inspección General de Trabajo.
Ahora, en una resolución facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Audiencia ha rechazado los recursos, incluido el de la Asociación de Promotores, en un auto contra el que no cabe recurso.
El edil de Cultura festiva alegaba carencia de motivación suficiente para el procesamiento y que no estaba acreditada su participación, y pretendía demostrar con las testificales que actuó aconsejado por los técnicos.
Sin protecciones necesarias
Sin embargo, la sala señala que fue el edil quien remitió una carta a la empresa a la que correspondía el montaje en la que "compelía" a la aceptación de las gradas montadas por terceros que no habían participado en el concurso para ello, y es esa decisión que, según el auto de procesamiento, "tendría que ver más con un truque o compensación ilegítima" a cambio de la construcción de las gradas, la que desencadena la instalación sin las protecciones colectivas ni individuales necesarias.
Así, señala la sala, que en esa decisión "imponiendo" la aceptación de la modificación de lo proyectado "a toda prisa", sin exigir que se aportara un estudio de seguridad y salud para el montaje, "no puede reputarse baladí". "Puede que no fuera el encargado a pie de obra de realizarla, ni tuviera funciones en materia de seguridad en el montaje e instalación de las gradas, ni diera órdenes en el modo de prestar la actividad laboral, pero tomó la decisión de su realización, al margen de la legalidad, y despreocupándose de las medidas de seguridad para los trabajadores", añade.
Y de ahí, señala que el auto de procesamiento no es "infundado" porque asumió "una conducta fáctica absolutamente decisiva para el posterior desenlace fatal para el trabajador, al margen de procedimiento legal establecido". En cuanto a la naturaleza de la responsabilidad imputada al Ayuntamiento, no hay pronunciamiento expreso en el auto y serán las acusaciones las que concretarán sus términos.
Los grupos municipales de Ciudadanos (Cs) y del PP en el Ayuntamiento de València han apelado han exigido este viernes que el concejal dimita y han apelado a la "responsabilidad" política tras confirmarse su procesamiento.
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