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La Junta Electoral deja en manos del Parlament decidir si Torra puede ser ‘president’ sin ser diputado

El letrado mayor de la Cámara catalana ya había defendido que se pierden las dos condiciones de manera automática

Camilo S. Baquero
Quim Torra, en el hemicilo del Parlament.
Quim Torra, en el hemicilo del Parlament.MASSIMILIANO MINOCRI

El acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que argumenta la inhabilitación como diputado de Quim Torra establece que es la Cámara catalana la que debe decidir si se le tiene que quitar también la condición de presidente de la Generalitat. Se trata de un argumento que la defensa de Torra también había esgrimido, si bien la JEC no estimó su recurso. Sin embargo, ya el Parlament, en sus alegaciones a la autoridad electoral, había argumentado que la pérdida del cargo de diputado conllevaría el cese como president.

En su exposición, la JEC especifica que la Junta Electoral Provincial (JEP) de Barcelona no era competente para rechazar los recursos presentados por el PP, Ciudadanos y VOX que pedían suspender a Torra, en virtud de lo establecido por la ley electoral. La Junta Electoral Central explica que el ente provincial no podía pronunciarse sobre si perder la condición de diputado implicaba perder la de presidente de la Generalitat. "Será un efecto que deberá ser analizado por los órganos del Parlamento de Cataluña cuando se le comunique la pérdida de la condición de diputado", dice la resolución de la JEC.

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El Parlament, sin embargo, ya se había referido a esta cuestión. El pasado 31 de diciembre, la Cámara presentó alegaciones contra los recursos presentados por los partidos de derechas ante la Junta Electoral Central. El texto, firmado por el letrado mayor Joan Ridao, sostiene que la autoridad electoral no es competente respecto a las incompatibilidades sobrevenidas de un diputado. Ridao recuerda que el Estatut establece que “el presidente o presidenta de la Generalitat es elegido por el Parlamento de entre sus miembros”. "La pérdida de la condición de diputado conllevaría también la pérdida del cargo de president de la Generalitat", defiende el letrado.

Torra ya había pedido este lunes a la Junta Electoral Central que se abstuviera de retirarle su credencial de diputado del Parlament e inhabilitarlo, como decidió el pasado viernes la autoridad electoral. Torra ha comunicado a la JEC, como ya hizo a la Junta Electoral Provincial de Barcelona, su intención de presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra dicha decisión.

El pasado sábado, Torra ya había pedido a la JEP, encargada de ejecutar las decisiones de la junta central, que no aplicara la resolución pues presentaría un recurso ante el Supremo. El presidente de la Generalitat argumenta en el texto que se están violando sus derechos fundamentales. Una vez el presidente tenga toda la documentación necesaria, su intención es presentar un recurso contencioso administrativo "de protección de derechos fundamentales".

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña determinó, en diciembre pasado, que Torra era culpable de un delito de desobediencia por desoír las peticiones de la JEC para que retirara una pancarta a favor de los políticos presos de la fachada del Palau durante el periodo electoral. Torra recurrió esa decisión ante el Supremo, pero el PP y Ciudadanos presentaron un recurso ante la JEC, amparados en la ley electoral, para agilizar la inhabilitación. La Junta Electoral Central les dio la razón.

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Sobre la firma

Camilo S. Baquero
Reportero de la sección de Nacional, con la política catalana en el punto de mira. Antes de aterrizar en Barcelona había trabajado en diario El Tiempo (Bogotá). Estudió Comunicación Social - Periodismo en la Universidad de Antioquia y es exalumno de la Escuela UAM-EL PAÍS.

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