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Archivado de manera definitiva el caso de los chat contra Carmena

La Audiencia Provincial condena en costas al Ayuntamiento de Madrid

F. Javier Barroso
La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, con un grupo de policías municipales.
La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, con un grupo de policías municipales.santi burgos

La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado de manera definitiva el caso del chat de policías municipales en el que se escribía contra la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y contra los inmigrantes. Los magistrados de la Sección Sexta entienden que no se lesiona la dignidad de las personas, como mantenía la acusación ejercida por el Ayuntamiento madrileño.

Todo se inició en el chat denominado Diez años y turno de noche estuvo formado por 200 agentes. En él participaron como administradores hasta 60 integrantes, de los que algunos empezaron a protestar por los cambios en el servicio nocturno. Después se continuó con comentarios sobre la operativa policial. La denuncia vertida a finales del año pasado por el agente Juan Francisco M. H., denominado Ronin 47, por un supuesto delito de odio y otro de amenazas inició el procedimiento judicial que ahora ha quedado archivado.

Ronin 47 fue recopilando, con el paso de los meses, mensajes denigrantes contra extranjeros y políticos. A la alcaldesa, por ejemplo, la que llamaban “vejestorio despreciable” o se deseaba su muerte: “Lo que es terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros” o “que se muera la zorra vieja ya”.

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Pedro Javier Rodríguez, recoge que, para que exista delito de odio, se debe dar publicidad y eso no ocurre "en un chat privado de whatsapp". "No es una red social sino un medio de comunicación bidireccional, en el que se protege la privacidad del contenido de los mensajes", mantienen los jueces.

Los magistrados también rechazan que el Ayuntamiento pueda ejercer la acción penal por injurias y calumnias. Esta debe ser iniciada por la persona física, en esta caso la propia alcaldesa, ya que se refiere "a hechos concernientes en el ejercicio de su cargo".

El auto concluye que tampoco se produjo el delito de amenazas contra el denunciante del chat, conocido como Ronin 47. Se trata de "meras manifestaciones o exabruptos en un contexto muy determinado entre el autor de las mismas y el investigado, pero no de una amenaza directa o velada de un mal que constituya delito", según los jueces. "Juan Francisco tardó en denunciar tales hechos", concluyen los jueces. Por ello, decretan también su archivo. 

La decisión judicial es firme y cierra un largo proceso judicial, en el que el Ayuntamiento y la acusación ejercida por Ronin 47 han recurrido el archivo que ya efectuó de manera provisional el titular del Juzgado de Instrucción número 42, con sede en la plaza de Castilla. 

Los tres agentes están suspendidos de empleo y sueldo de manera cautelar por parte del Ayuntamiento, que ha abierto un expediente sancionador. Este se ha encontrado paralizado hasta que termine el proceso judicial, como ha ocurrido con este auto de la Audiencia Provincial con fecha de 11 de febrero y que ha sido notificado hoy.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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