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El jurado declara culpables a los dos acusados de matar a Yulisa Altagracia

La mujer dominicana, vecina de Ribeira, falleció desangrada por al menos 36 puñaladas que le provocaron una muerte "lenta y agónica". El tribunal popular ve probado que los autores del crimen fueron la mujer y el hombre que le despachaban cocaína

Melisa Abelleira y Ventura Lustres, en el juicio.
Melisa Abelleira y Ventura Lustres, en el juicio.ÓSCAR CORRAL

Yulisa Altagracia Pérez murió a plena luz de la mañana del 7 de junio de 2015, a causa de la hemorragia externa e interna que le causaron al menos 36 heridas infligidas con un arma punzante y cortante. Vivía en Ribeira (A Coruña) y tenía en la República Dominicana tres hijos que planeaba traer a España en cuanto pudiera. Unos cuantos meses antes había viajado por fin a su país para conocer a la primera de sus nietas. Desde el crimen que le quitó la vida hasta la actualidad, en que han sido juzgados durante más de una semana los dos acusados por el asesinato, han nacido en el país caribeño dos nietos más. Esta mañana, después de dos días y medio de aislamiento y deliberación, el jurado popular que ha participado en el juicio ha declarado por unanimidad culpables a ambos sospechosos: Melisa Abelleira Castro y Ventura Lustres Miranda. En aquella fecha eran pareja, residentes en A Pobra do Caramiñal y conocidos suministradores al menudeo de cocaína entre los consumidores de la comarca de O Barbanza. Yulisa Altagracia, que había llegado a España con contrato de trabajadora doméstica pero acabó como camarera y prostituta en un local de Ribeira, también les compraba y según declaró al principio del juicio el propio acusado, debía 45 euros por la coca.

Los jurados consideran probado, por ocho votos a favor y uno en contra, que según los datos aportados por los médicos que llevaron a cabo la autopsia la muerte de Altagracia fue "lenta y agónica". Ven demostrado, además, que hubo ensañamiento, el ingrediente por el que se trata de un asesinato, no de un homicidio, y por el que la fiscalía mantiene desde el principio su petición de 20 años de cárcel para cada uno de los autores. El abogado de la madre y la hermana de la víctima, que ejercen la acusación particular, va más allá y exige 25 años (e indemnización de 350.000 euros, 240.000 más que la fiscalía) porque según él el crimen se cometió con las agravantes de abuso de confianza y superioridad. El jurado ve también demostrada por unanimidad esta última circunstancia gracias a los análisis forenses que revelaron que Yulisa Altagracia se encontraba aquella mañana de domingo, después de salir toda la noche con amigos, bajo los efectos del alcohol y las drogas.

Su muerte se produjo entre las 10.11 y las 11.27 horas, en algún momento del tiempo en que según la triangulación telefónica los terminales de la víctima y los que en aquellas fechas usaban sus supuestos verdugos se hallaban juntos. Pasadas las nueve, tal y como recogió una de las dos cámaras del bar Maruxía de Ribeira, irrumpió en el local Melisa Abelleira e insistió hasta que Altagracia marchó con ella. La víctima obedeció, pero antes pidió a un amigo que tomase nota de la matrícula del Ibiza blanco propiedad de la acusada. "Por si me pasa algo", recuerda el hombre que le dijo sin más. Al rato la telefoneó un exnovio que también se encontraba en el Maruxía para preguntarle cuándo regresaba. A él Yulisa le dijo que estaba en A Pobra con quien le había recogido y que la esperase, porque volvería pronto. Pero no regresó.

El cadáver fue hallado aquel mismo día sobre las 8.30 horas por el propietario de un viñedo en una zona alta y de difícil acceso de A Pobra, muy cerca de otra finca que es propiedad de la familia de Abelleira. El hombre solía ir cada 15 días a sulfatar sus vides y vio asomar "unos pies" tras los depósitos de agua. El cuerpo "estaba boca abajo" y él empezó "a hablarle" creyendo que estaba viva porque en esa posición no se veía la inimaginable carnicería que alguien había perpetrado sobre su cara, sus brazos, sus manos y la parte superior del tórax.

El jurado entiende que los acusados, conocidos en la zona por anteriores situaciones de violencia y amenazas para las que atesoraban una brutal colección de armas de las que se incautó la Guardia Civil, asesinaron a Yulisa Altagracia de común acuerdo. Y también que entre los dos tuvieron que encargarse de mover el cadáver desde el lugar hasta donde podía llegar el vehículo de Melisa Abelleira, a una cierta distancia de la parcela con viñedo donde lo ocultaron junto a un pino y tras unos tanques para el riego. Después hicieron desaparecer el enorme bolso de la víctima con todas sus pertenencias, y también la alfombrilla del maletero del Ibiza. En sus declaraciones, tanto Ventura Lustres como Melisa Abelleira, que desde poco después de aquel crimen ya no son pareja, negaron su propia autoría e hicieron recaer las sospechas sobre el otro.

Ella, que tras el crimen tuvo una hija con un nuevo compañero, llegó a presentarse ante el jurado como una víctima de violencia de género que vivía encerrada y obedecía a todo lo que le ordenaba el acusado porque la amenazaba con "quemar" a sus anteriores hijos. Él, por su parte, aseguró al tribunal popular que aquella mañana estaba drogado y borracho y se la había pasado durmiendo hasta que Melisa lo despertó para ir a tomar "una churrascada" a un merendero. Ese churrasco, para el que compraron costillas de cerdo y pollo en la carnicería pero que según ha relatado un testigo nunca llegó a prepararse, era la supuesta coartada con la que pretendían despistar a la Guardia Civil.

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Melisa Abelleira y Ventura Lustres pasaron un corto periodo en la cárcel cuando fueron detenidos como sospechosos del asesinato de Altagracia pero actualmente disfrutaban de la libertad y hacían su vida por separado en O Barbanza. Sus abogados solicitaron tras el veredicto que se mantuviese esa situación hasta que el presidente del jurado, César González de Castro, magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, dictase sentencia. No obstante, a petición de la acusación particular, el juez ha ordenado el ingreso inmediato en prisión provisional de los dos acusados.

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