El Supremo confirma que la exalcaldesa de Serranillos malversó
Seis meses para Fernández por comprarse dos bolsos con cargo al Ayuntamiento
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis meses de prisión a la exalcaldesa de Serranillos del Valle, Olga Fernández Fernández, como culpable de un delito de malversación de caudales públicos. El tribunal entiende que hubo un aprovechamiento particular de la tarjeta de crédito que le facilitó el Ayuntamiento, con la que se compró dos bolsos de lujo en el barrio de Salamanca.
Olga Fernández fue alcaldesa de Serranillos desde el 14 de junio de 2003 hasta el 10 de junio de 2011. La Audiencia Provincial de Madrid ya la condenó a seis meses de prisión y al pago de una multa de 450 euros, al considerar demostrado que el 7 de octubre de 2010 acudió a la tienda de Purificación García, en la calle de Serrano de la capital, y adquirió dos bolsos por valor de 370 euros.
Para el pago utilizó la tarjeta Visa municipal, sin que en ningún momento justificara que dicha compra entraba en las necesidades de su cargo. La sentencia recoge que la acusada “no reintegró el importe de los referidos bolsos dentro de los 10 días siguientes a la incoación del presente procedimiento”.
La condenada recurrió primero ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que confirmó el fallo, y posteriormente ante el Tribunal Supremo. Este mantiene la condena, ya que la compra se efectuó “sin cobertura presupuestaria” y la destinó “a un fin ajeno a la función pública”. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo Del Arco, mantiene que Olga Fernández se aprovechó de su condición de alcaldesa: “Se aprovechaba de su posición, es la expresión que ejemplifica el Diccionario de la Lengua Española, en la acepción que define esta forma pronominal como sacar provecho de algo o de alguien, generalmente con astucia o abuso”.
El fallo recuerda que la exalcaldesa es licenciada en Derecho y antes había sido concejal, por lo que sabía perfectamente que esa compra necesitaba estar respaldada por una partida en el presupuesto y que además era ajena al ejercicio de su cargo. El Supremo también rechaza que la escasa cuantía (370 euros) no suponga la comisión de la malversación.
Este periódico ha intentado contactar este lunes, sin éxito, con Olga Fernández para recabar su opinión sobre la sentencia del Supremo.
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