El Supremo confirma las penas por el alijo de 2,5 toneladas de coca del ‘Nikolay’
Rebaja a 12 años de prisión la condena impuesta a un excomandante de la Guardia Civil de Corcubión, pero mantiene la multa de 1.800 millones
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de la rama gallega de la organización hispano-colombiana que organizó en agosto de 2012 el transporte de 2,5 toneladas de cocaína que venían ocultas en el mercante SV Nokolay Varna cuando fue abordado por la policía cerca del Estrecho de Gibraltar. La droga, valorada en cerca de 500 millones de euros en el mercado negro, tenía un índice de pureza del 76%. La sentencia casa la condena de la Audiencia Nacional de 10 años y 450 millones de euros para un histórico del narcotráfico, Manuel Prado López, encargado de custodiar el cargamento de cocaína, y para Francisco Lema Linares, que era el correo entre los traficantes colombianos y gallegos.
El tribunal, sin embargo, rebaja de 15 años y medio a 12 años la condena impuesta al excomandante de la Guardia Civil del puesto de Corcubión (A Coruña), José Álvarez Otero, luego destinado en Estella (Navarra) al considerarla excesiva, ya que no era el jefe, encargado o administrador de la organización criminal.
El comandante Álvarez, dice la sentencia, se “aprovechó de su condición, con desprecio de los deberes inherentes a su oficio y cargo, y valiéndose también del hecho de haber estado destinado en la zona, tenía potencial capacidad para conocer tanto los lugares de alijo en la costa, como los movimientos y actividades de las fuerzas policiales encargadas de la represión del narcotráfico”.
Manuel Prado, tenía el cometido de dirigir la descarga, transporte y custodia de la droga en tierra y era el principal nexo de unión con la organización colombiana al estar en contacto permanente con uno de sus enlaces al que le daba hospedaje en el Furancho de Castrogundín, de Vilagarcía, propiedad de su familia, según el fallo.
Francisco Lema era el encargado de poner en contacto a Manuel Prado con los jefes colombianos y el entonces comandante Álvarez Otero, confirma la sentencia. Además, mantenía frecuentes reuniones con el guardia civil, tanto el establecimiento público que éste regentaba, conocido como El Palacín, en Cee (A Coruña), como en su propio domicilio de Corcubión.
La misma sentencia ha absuelto a 14 de los 21 miembros de la tripulación que fueron condenados a 6 años y 1 día de prisión y multa de 300.000.000 de euros por no haberse probado que conocían el cargamento que transportaban en el barco. La sentencia de la Audiencia Nacional consideró que unos pertenecían a la organización y otros no, pero todos sabían el cargamento que transportaban.
Sin embargo, el magistrado ponente, Juan Ramón Berdugo, no comparte ese razonamiento y concluye que no existen pruebas suficientes para fundamentar la condena y que la estructura del razonamiento o juicio sobre la prueba es débil y no alcanzan las seguridades mínimas para responsabilizar a toda la tripulación del hecho delictivo. Destaca que la sentencia recurrida no especifica quiénes de los tripulantes participaron en la carga de la droga, como tampoco precisa el grado de conocimiento de cada uno de ellos teniendo en cuenta su profesión u ocupación y el momento de su incorporación al barco.
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