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Condena al Hospital General por un retraso en un diagnóstico

El centro tendrá que indemnizar con casi un millón de euros a un paciente al que los médicos tardaron en detectar un daño neurológico

Jessica Mouzo
Trabajadores del Hospital General de Cataluña se manifiestan contra la gestión de Comín
Trabajadores del Hospital General de Cataluña se manifiestan contra la gestión de ComínAlbert Garcia

Un juez ha condenado al Hospital General de Cataluña (HGC) por un retraso en el diagnóstico de una dolencia neurológica. El centro tendrá que indemnizar al paciente con casi un millón de euros porque la demora en la detección de su patología le dejó secuelas motrices que le impiden valerse por sí mismo.

“Hubo un retraso en el diagnóstico de la dolencia que aquejaba al paciente, de evidente carácter neurológico”, apunta el juez. Según la sentencia, el paciente entró en urgencias poco antes de las ocho de la mañana con una sintomatología de daño neurológico. La primera doctora que lo atendió le pidió un TAC y una segunda facultativa, que tomó el relevo de la primera, informó de que el resultado de la prueba “era normal”. Con todo, la doctora avisó al neurólogo, que solicitó un electromiograma. Según consta en la historia clínica del paciente, sin embargo, esa prueba “no fue realizada nunca”.

El paciente ingresó en la unidad de neurología al mediodía y, aunque su estado empeoraba rápidamente —presentaba agarrotamiento de las extremidades y una parálisis cada vez mayor—, los facultativos no solicitaron nuevas pruebas hasta la mañana siguiente, cuando el paciente “ya no movía las piernas y tenía debilidad motora de ambos brazos”. El neurólogo que lo visitó pidió una resonancia magnética urgente que reveló una mielopatía cervical —comprensión de la médula espinal en el cuello—. El médico dio orden de que fuera intervenido pero no se operó hasta las ocho de la tarde.

“Pérdida de tiempo”

“Hubo una pérdida valiosísima de tiempo entre el momento en el que el paciente ya fue orientado como neurológico [algo después de las ocho de la mañana] hasta que se realizó la resonancia magnética [más de 24 horas después]”, sostiene el juez. El magistrado da por válida y “razonable” la tesis del perito, que explica que, “si se hubiese intervenido al principio, la recuperación hubiese sido prácticamente total”. Sin embargo, el paciente, que fue defendido por el Despacho Alfonso Iglesias, ha perdido la movilidad de las extremidades y precisa una silla de ruedas para desplazarse.

El magistrado ha impuesto una condena al hospital, para la que cabe recurso de apelación, de 762.594 euros más el 20% de intereses desde que se produjo la negligencia.

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Sobre la firma

Jessica Mouzo
Jessica Mouzo es redactora de sanidad en EL PAÍS. Es licenciada en Periodismo por la Universidade de Santiago de Compostela y Máster de Periodismo BCN-NY de la Universitat de Barcelona.

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