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Fomento indemnizará a una empresa de autobuses a la que no responde desde 1978

La sociedad recibirá 8 millones de euros por el retraso en resolver su solicitud de cubrir la ruta Pamplona-Madrid

Fachada del Ministerio de Fomento en Nuevos Ministerios, en Madrid.
Fachada del Ministerio de Fomento en Nuevos Ministerios, en Madrid.Luis Sevillano

Una empresa de autobuses que reclamó en 1978 la concesión de la línea Madrid-Pamplona ha obtenido ahora, casi cuatro décadas más tarde, una indemnización de más de ocho millones de euros del Ministerio de Fomento por el retraso sufrido en la respuesta a su solicitud. Así lo marca una sentencia del Tribunal Supremo que obliga a pagar al Estado esa cantidad en concepto de responsabilidad patrimonial por la demora. Este retraso no ha sido el único que ha afectado a la compañía que, en 2008 volvió a exigir, sin éxito, una indemnización por el retraso acumulado. Ha tenido que esperar otros ocho años para que los tribunales le hayan dado la razón.

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La empresa Autobuses Pamplona-Madrid S.L. pidió el 30 de diciembre de 1978 la concesión del servicio regular de transporte de carretera, de carácter permanente y uso general, entre ambas ciudades, pasando por Burgos y Logroño y con prolongación hasta la frontera francesa de Arnegui. Nunca recibió respuesta por parte de la administración. El alto tribunal considera que a pesar del tiempo transcurrido no han prescrito los plazos porque “el cómputo del plazo de prescripción habrá que situarlo en la fecha en la que se otorgó definitivamente la concesión”, lo que ocurrió el 22 de diciembre de 2008. Un día más tarde, la empresa reclamó sus derechos.

La sentencia declara la indemnización por lucro cesante (ganancias dejadas de obtener como consecuencia de haberse privado a la recurrente de la explotación del servicio). Fomento, relata la sentencia, se negó en un primer momento al pago. La Audiencia Nacional le dio la razón en 2011 al considerar que la acción había prescrito porque la empresa había elevado la queja 11 años después de que le fuese denegada su primera solicitud. Además, consideró que no se había producido ningún daño a la entidad, ya que esta nunca ostentó la concesión. Pero Autobuses Pamplona-Madrid S.L. no cejó en su empeño y recurrió.

La empresa recibirá un total de 8.154.963 euros ya que la magistratura entiende que la responsabilidad patrimonial solo puede ejercitarse desde el momento en que resulta posible conocer en sus dimensiones “fácticas y jurídicas” el alcance de los perjuicios producidos para reiterar que hasta la fecha en que obtiene la concesión “no lo conoce y no lo podía reclamar”. La sentencia incluye, además, un voto particular de la magistrada Inés Huerta Garicano, que defiende que la desestimación del recurso interpuesto por la empresa recurrente.

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