Estrasburgo condena a España por un retraso de ocho años en un caso judicial
Cuatro años de investigaciones y cuatro hasta la sentencia es un plazo "particularmente largo"
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado este martes a España por la "excesiva" e "injustificada" duración de un proceso judicial. El caso se extendió durante ocho años y un mes entre el periodo indagatorio, la apertura de juicio oral y el fallo. El artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos protege el derecho a un juicio justo "dentro de un plazo razonable".
La sentencia de un comité de tres jueces de la corte europea, con sede en Estrasburgo (Francia), admite que "el caso tenía cierta complejidad", pero "no puede considerarse, sin embargo, que el proceso presentara dificultad o problemas excepcionales". Cuatro años de investigaciones y casi cuatro años y medio entre la apertura del juicio oral y la sentencia "parece particularmente largo", afirma el fallo, que considera que el Gobierno "no ha presentado ningún hecho que justifique" la duración del proceso.
Los demandantes fueron detenidos por falsificación de documentos en abril de 2001 y condenados por la Audiencia Provincial de Asturias en junio de 2009 a tres años y medio de cárcel y a cinco años de prisión, respectivamente, por fraude y falsificación de documentos. Esa duración, añade la sentencia, "no cumplió con el requisito de tiempo razonable". Los demandantes no serán indemnizados al no haber solicitado al Tribunal de Estrasburgo ninguna reparación económica.
Los querellantes actuaron en 2000 como intermediarios en la venta de tres vehículos a una compañía. Tras la operación, el Juzgado de Instrucción de Gijón inició ese mismo año una investigación penal contra los dos demandantes y otros ocho sospechosos.
En noviembre de 2004 el juez ordenó en un auto la apertura de juicio oral y trasladó el caso a la Audiencia Provincial de Asturias, que en 2009 reconoció que el proceso había sido "inusualmente" largo, "pero fue debido a su complejidad".
Esa complejidad se concreta, según la Audiencia, en la dificultad para recopilar pruebas con diferentes jurisdicciones, el gran número de partes implicadas, la dificultad para enviar las notificaciones y la falta de celeridad de los abogados en sus alegatos.
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