El Supremo prohíbe tomar imágenes en la Ciudad Judicial
El alto tribunal rechaza un recurso del Colegio de Periodistas tras el veto del TSJC

El Pleno de la sala tercera del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado, por unanimidad, el recurso que presentó el Colegio de Periodistas de Cataluña contra el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) del pasado 14 de enero de 2014, que reguló el acceso de los medios a las dependencias de los órganos judiciales.
En aquel acuerdo, el TSJ de Cataluña prohibió el acceso de las cámaras de televisión en los pasillos de la sedes judiciales. El TS considera que esas limitaciones no conculcan el derecho a la información, como argumentaban los recurrentes. La sentencia, que se conocerá en los próximos días, recogerá pronunciamientos sobre la materia del propio TS y del Tribunal Constitucional.
Hasta enero de 2014, los medios de comunicación podían tomar imágenes de imputados en los pasillos que conducen hasta las salas de vistas. En la Ciudad de la Justicia de Barcelona y L’Hospitalet han desfilado, en los últimos años, imputados de relevancia mediática como banqueros, políticos o policías. La Sala de Gobierno del TSJ catalán argumentó que debe preservarse el derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen, así como el derecho de la presunción de inocencia.
Uno de los motivos que llevó a prohibir la toma de imágenes fue, según fuentes judiciales, la “mala imagen” que las cámaras ofrecieron el 13 de noviembre de 2013. Ese día, una veintena de agentes de los Mossos d’Esquadra acudieron cubiertos con bufandas, capuchas y gafas de sol para proteger a sus compañeros, que iban a declarar como imputados por la muerte de Juan Andrés Benítez en el Raval.
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