El Superior confirma que dueños de pisos sociales pagaron sobreprecios
Construcuatro, de la que era fundador y socio el exdiputado y concejal del PP Telmo Martín, tendrá que devolver 1,2 millones a los afectados y pagar otros 2,5 por sanción administrativa
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso interpuesto por Construcuatro contra el contencioso administrativo promovido por la Xunta por el que tendrá que devolver 1,2 millones por los sobreprecios cobrados a los propietarios de viviendas protegidas en el barrio vigués de Navia. El mismo fallo también ratifica la multa de casi 2,5 millones de euros que la misma resolución de la Xunta le impuso a la empresa derivada de la mala praxis de Construcuatro que conlleva además seis años de inhabilitación para poder optar a la adjudicación de obras de vivienda pública.
El proceso se remonta a 2006, cuando los más de 30 afectados denunciaron que habían pagado sobreprecios por sus pisos de protección pública. Los recargos que la empresa cobró indebidamente oscilaban entre los 9.000 y los 31.000 euros, dependiendo de la vivienda. Pero la demanda contra Construcuatro por la vía penal no prosperó y la Audiencia de Pontevedra acordó su archivo al no quedar suficientemente acreditado que hubo delito aunque sí “entregas a mayores” del precio pactado.
Estos sobreprecios no constaban en la escritura pública ni en el contrato de compraventa, pero sí en los libros de contabilidad y facturas de la constructora de la que entonces era socio y fundador el portavoz del Partido Popular de Pontevedra, Telmo Martín, actual concejal en el Ayuntamiento de Sanxenxo. Dos años más tarde, el asunto continuó por la vía contencioso administrativa.
La constructora se vio obligada a regularizar su situación con Hacienda y presentó una declaración de IVA complementaria para saldar sus deudas fiscales derivadas de los pisos en litigio. La empresa justificó los sobreprecios en las "mejoras" adaptadas en las viviendas. En 2007, la Xunta abrió un expediente a Construcuatro que concluyó en 2012 con una resolución definitiva en la que se obligaba a la empresa a devolver los sobreprecios y la sancionó a pagar una multa de más del doble del importe indebidamente cobrado.
Construcuatro recurrió esa resolución ante el TSXG y ahora, la Sección Segunda del alto tribunal gallego ha desestimado su recurso y ha confirmado el expediente de la Xunta en su integridad. El fallo no es firme y podrá ser recurrido ante el Tribunal Supremo.
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