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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

¿Un nuevo Tribunal de Garantías?

La reforma ‘ad hoc’ del Constitucional promovida por el PP le situará en el epicentro de la batalla política, como ya ocurrió con el Tribunal de la República

La propuesta del Grupo Popular para modificar la vigente Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (TC) muestra de nuevo que el proceso soberanista catalán recuerda algunos episodios de la historia política de España. Como es sabido, el único precedente del actual TC es el Tribunal de Garantías Constitucionales puesto en pie durante la Segunda República, el cual tuvo una existencia efímera y una actuación claramente desafortunada. Nuestros constituyentes tuvieron en mente esa institución pionera en Europa, pero procuraron no repetir muchos de sus errores, debidos al clima de confusión conceptual en el que nació y, sobretodo, al contexto social y político en el que funcionó. Afortunadamente, el actual Tribunal se concibió con las ideas más claras y ha desempeñado con acierto sus funciones en un contexto muy distinto al de los años treinta.

Sin embargo, desde hace ya algún tiempo el TC ha entrado en un claro deterioro institucional, que en algunos aspectos evoca al de su antecesor. Los episodios relacionados con Cataluña acabaron de desprestigiar al Tribunal de Garantías, y su repetición podría enterrar al Tribunal Constitucional. Cabe recordar que la primera sentencia del Tribunal republicano, de 8 de junio de 1934, declarando la nulidad de la Ley de Contratos de Cultivo aprobada por el Parlamento de Cataluña, produjo una fuerte crispación política, en un clima ya enrarecido por una insurgencia social en toda España. Salvando las distancias, la Sentencia del TC sobre el Estatuto de 2006 suscitó un gran rechazo en Cataluña hasta el punto de que se ha considerado uno de los factores desencadenantes del actual proceso secesionista.

El político catalán Amadeo Hurtado, que actuó como abogado de la Generalitat en defensa de la ley catalana, escribió en su dietario (Abans del sis d'octubre, 2008) que el Tribunal de Garantías se había convertido en “una institución exótica que nadie se ha tomado en serio”, percepción que posiblemente se repitiera en la lamentable tramitación de la Sentencia del TC de 2010 sobre la reforma del Estatut. Hay que recordar que la sentencia de 1934 fue desacatada por el Parlamento catalán, el cual decidió aprobar una nueva ley exactamente igual a la anulada por el Tribunal. Siguiendo con los paralelismos, también las decisiones de la Generalitat desde 2012 han supuesto un claro desafío al orden constitucional: ya sea mediante la aprobación de normas y declaraciones parlamentarias que han sido anuladas por el TC, o mediante actuaciones como la del 9-N que eran un desacato de sus resoluciones.

La reforma ad hoc que ahora se propone con urgencia quiere hacer frente a futuros incumplimientos, algo que previsiblemente sucederá pues así se deduce de la Hoja de Ruta Unitaria del proceso soberanista catalán firmada por quienes integran la candidatura Junts pel Sí. La proposición de ley faculta al Tribunal para acordar, entre otras medidas, la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos de la Administración responsable del incumplimiento, durante el tiempo preciso para asegurar la observancia de los pronunciamientos del Tribunal, el cual podrá además requerir la colaboración del Gobierno de la Nación a fin de que adopte las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las resoluciones.

La proposición de ley faculta al Tribunal para acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos de la Administración responsable del incumplimiento

En caso de prosperar la reforma, el Constitucional corre el riesgo de seguir los pasos del Tribunal de Garantías, en el que se residenció la causa penal contra el president y los consejeros del Gobierno de la Generalitat después de los hechos del 6 de octubre de 1934, durante los cuales Companys proclamó el “Estado catalán dentro de la República española”. El Tribunal republicano vió la querella contra los miembros del Gobierno catalán basándose precisamente en la Ley orgánica que lo regulaba. Pero ello le situó en el centro de la batalla política, y cuestionó su misma naturaleza, como ha señalado Alejandro Nieto en su magnífico estudio sobre aquellos acontecimientos (La rebelión militar de la Generalidad Catalana contra la República, 2014). Ciertamente, la reforma que va a imponer en solitario el PP no pretende convertir al TC en un juez penal, pero le atribuye unas facultades que son impropias de ese órgano y le involucrarán peligrosamente en los conflictos políticos. A la vista de los derroteros que puede tomar el proceso, el TC podría acabar como el Tribunal de Garantías Constitucionales.

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Enric Fossas Espadaler es catedrático de Derecho Constitucional (UAB)

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