El Supremo confirma la anulación del plan de la ZAL del puerto de Valencia
La entidad lamenta la sentencia y dice que las parcelas están ya urbanizadas
El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del plan especial que desarrollaba la Zona modificativo del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia para el desarrollo de la Zona de Actividades Logísticas del Puerto (ZAL).
El alto tribunal rechaza el recurso de casación interpuesto por la Administración del Estado, la Generalitat, el Ayuntamiento de Valencia, y Valencia Plataforma Intermodal y Logística contra el pronunciamiento del TSJCV en marzo de 2013, que anuló este plan especial.
El planeamiento rector de la polémica ZAL se aprobó en 1999 y una década después fue anulado por el Supremo al ser contrario al ordenamiento jurídico. El tribunal valoró que el plan carecía del preceptivo informe que exigía la ley de Costas. Se subsanó la carencia pero el planeamiento fue impugnado de nuevo. El TSJCV estimó en otra sentencia un recurso presentado por unos particulares,lo que validó de nuevo el plan.
Ahora la sentencia del Supremo asegura que la mera reposición del trámite omitido en el procedimiento -el informe de la ley de Costas- no puede servir para entender, no ya cumplida la sentencia, sino observados los requisitos exigidos para la aprobación de un nuevo plan especial.
Las infracciones del ordenamiento jurídico que pudieran producirse durante la tramitación "dan lugar a la nulidad de pleno derecho de tales planes, que es la única categoría de invalidez prevista para tales supuestos".
El fallo subraya que ha cambiado el marco normativo que resulta de aplicación a la Administración en el ejercicio de su potestad de planeamiento urbanístico y se han introducido nuevas exigencias legales que tienen que ser atendidas.
La sentencia señala que la Administración puede impulsar la aprobación de un nuevo planeamiento al tratarse de infracciones formales, y no de fondo, las que determinaron la nulidad de lo aprobado.
Pero, según la sala de lo Contencioso-Administrativo, si se opta por un nuevo plan, la administración debe adecuar "inevitablemente" el procedimiento a las nuevas exigencias legales que resultaran de aplicación.
El puerto tramita uno nuevo
La Autoridad Portuaria de Valencia (APV) ha lamentado la decisión del Supremo. En declaraciones a Europa Press, la entidad ha indicado que su objetivo es "poder disponer cuanto antes de los documentos urbanísticos necesarios que permitan la comercialización de unas parcelas ya urbanizadas y destinadas a la construcción de naves logísticas".
Según la APV, eran "conscientes de que existía la probabilidad de la desestimación del recurso de casación" y, por este motivo, las partes implicadas han "estado trabajando en la nueva tramitación del plan especial, para hacer cumplir la sentencia de abril de 2013 que anulaba dicho plan por un defecto de forma, adaptándolo a la nueva legislación aplicable".
Desde la Autoridad Portuaria esperan "disponer cuanto antes de los documentos urbanísticos necesarios que permitan la comercialización de unas parcelas ya urbanizadas y destinadas a la construcción de naves logísticas", a lo que agrega que "se podrá satisfacer la demanda e interés existente de operadores logísticos por instalarse en la ZAL y, por lo tanto, contribuir a nuevas oportunidades para el tejido empresarial".
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