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El ex director de Empleo entra en la cárcel por el caso de financiación ilegal de Unió

Condenado a 18 meses en el 'caso Pallerols', pidió conmutar la pena por trabajo para la sociedad Los jueces rechazan la demanda después de que el Gobierno le denegara el indulto

Lluís Gavaldà.
Lluís Gavaldà.TONI ALBIR (EFE)

La Audiencia de Barcelona ha obligado al ex director Empleo, Lluís Gavaldà (Uniò Democràtica de Catalunya) a cumplir en prisión la pena de año y medio que se le impuso por el desvío de subvenciones públicas del caso Pallerols de financiación ilegal de Unió, después de que el Gobierno le haya denegado el indulto que solicitó.

En el auto la Sección Segunda de la Audiencia, con el voto particular de uno de los magistrados, deniega suspender por multa o trabajos en beneficio de la comunidad la pena de prisión que se impuso a Gavaldà por el caso Pallerols, en el que UDC fue condenada como responsable civil subsidiaria.

La defensa de Lluís Gavaldà pidió a la sala que conmutara la pena de prisión que se le impuso, después de que el pasado mes de julio el Consejo de Ministros resolviera denegarle el indulto que había solicitado, una medida de gracia a la que la Audiencia de Barcelona ya se había opuesto.

Gavaldà era el único de los condenados con penas de prisión por el caso Pallerols que no había pisado la cárcel. El pasado mes de mayo ingresaron en prisión el empresario andorrano Fidel Pallerols y el ex secretario de Unió, Vicenç Gavaldà, aunque a las semanas lograron salir en régimen abierto.

Igual que argumentó al ordenar el ingreso en prisión de Pallerols y Vicens Gavaldà, la Audiencia de Barcelona ha esgrimido la gravedad de los hechos cometidos por el ex director de Empleo para rechazar suspenderle la pena de cárcel, pese a admitir que reparó el daño al devolver el dinero desviado.

Además, la sala cree que la patología cardíaca que sufre el condenado no impide su entrada en prisión, ya que, aunque su dolencia constituya "un obstáculo para la realización de cualquier actividad laboral, no presenta un cuadro de gravedad con la entidad necesaria como para justificar que se excepcione el principio general de cumplimiento de las penas".

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La sala recuerda, en ese sentido, que "la legislación penitenciaria contempla mecanismos suficientes para dar respuesta adecuada a las necesidades de tratamiento médico que pudieran precisar los penados".

La resolución cuenta con el voto particular del magistrado Javier Arzúa, que es favorable que la pena de prisión de Gavaldà sea cambiada por trabajos en beneficio de la comunidad, al entender que "la reparación del daño constituye un hecho relevante" para acceder a su petición.

"Debe valorarse especialmente el esfuerzo por reparar el daño y, en el presente caso, la responsabilidad civil ha sido satisfecha en su integridad, a lo que se une en el presente caso su estado de salud suficientemente acreditado", agrega el auto del magistrado, que también emitió un voto particular en las peticiones de suspensión de condena formuladas por Pallerols y Vicenç Gavaldà.

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