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Absuelto el alcalde de Cullera de la denuncia por el ruido de los bares

La sentencia sostiene que el Ayuntamiento actuó contra la contaminación acústica

Ignacio Zafra
El alcalde de Cullera, Ernesto Sanjuán, durante el juicio.
El alcalde de Cullera, Ernesto Sanjuán, durante el juicio. MÒNICA TORRES

Mientras aguarda movimientos de la justicia por el fuego en la montaña de Cullera, provocado por unos fuegos artificiales que el Ayuntamiento autorizó pese a estar decretada la alerta máxima por riesgo de incendio, el alcalde de Cullera, Ernesto Sanjuán, ha sido absuelto, en una sentencia conocida este lunes, del delito de prevaricación medioambiental.

Un grupo de vecinos del municipio lo acusaba de mantener “una actitud completamente pasiva” durante casi una década ante el elevado ruido generado por una quincena de pubs, ignorando reiteradas denuncias de los residentes.

La juez Marta Chumillas admite que el ruido en la zona de copas de Cullera era “muy elevado". Y también que Sanjuán no fue especialmente rápido ni particularmente ejecutivo a la hora de atajar el problema. La magistrada destaca, sin embargo, que a pesar de ello el regidor sí tomó “diferentes medidas”, aunque algunas resultaron contraproducentes.

A pesar de que los vecinos se quejaban del ruido de los bares, el Ayuntamiento decidió inicialmente que las molestias las generaba el tráfico. Y lo restringió. “Pero el efecto que se produjo fue el contrario al pretendido”: el nivel de ruido aumentó porque los clientes ahora se “concentraban en las calles”, recoge el fallo.

El Gobierno local optó entonces por modificar las aceras “poniendo medianas para evitar terrazas y concentración de gente”. Envió a la policía a controlar “las actividades de los bares”. Y se abrieron “múltiples expedientes”, “llegando a sancionar a diferentes pubs, a clausurar cautelarmente y en alguna ocasión incluso al cierre definitivo”.

La juez reconoce que todos aquellos expedientes se iniciaron a instancias de los vecinos. “Pero también es cierto que se tramitaron todos”, añade, para concluir que fueron las medidas municipales las que redujeron el número de pubs de una quincena en 2003 a tres en 2009.

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La magistrada no da mucha importancia a la falta de presteza municipal. Señala como prueba de la actividad del Ayuntamiento, por ejemplo, que el área donde estaban los pubs fue declarada Zona Acústicamente Saturada (ZAS) en 2008. Tal declaración, reconstruye la sentencia, fue promovida por los vecinos en 2001. El Tribunal Superior de Justicia valenciano condenó al Gobierno local a implantarla en 2006 y le dio tres meses para adoptar las “medidas correctoras”. Un plazo que el Ayuntamiento alargó finalmente dos años.

La juez absuelve también del delito de contaminación acústica al empresario que regentaba dos de los locales denunciados. La sentencia argumenta que con las mediciones realizadas resulta imposible determinar si el escándalo era generado por esos dos pubs o provenía del “ruido de fondo” de la zona.

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Sobre la firma

Ignacio Zafra
Es redactor de la sección de Sociedad del diario EL PAÍS y está especializado en temas de política educativa. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid y EL PAÍS.

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