El marido de la conselleira logró una plaza médica con un “cheque en blanco”
El Tribunal Superior anula la concesión de una jefatura al esposo de Rocío Mosquera
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha anulado el nombramiento de Manuel Bustamante —el marido de la conselleira de Sanidade, Rocío Mosquera— como jefe de servicio de Cirugía General y Aparato Digestivo en el hospital Clínico de Santiago y sostiene que la comisión técnica de evaluación —responsable de velar por el proceso— incurrió en “desviación de poder” al ponderar los méritos de los candidatos a la plaza. La sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del tribunal gallego no solo anula y ordena repetir la evaluación del última apartado de las pruebas (el proyecto técnico, que decantó el nombramiento del marido de Mosquera en septiembre de 2010, cuando esta era gerente del Servizo Galego de Saúde) sino que exige que sea otro jurado distinto el que valore los méritos de los tres aspirantes porque concluye que el designado no tuvo voluntad de ser neutral.
El fallo establece que la comisión técnica elegida por cargos del Servizo Galego de Saúde (Sergas) que presidía el anterior director operativo del Hospital Universitario de Santiago, Luis Guinea, actuó con parcialidad e incluye párrafos durísimos contra su modo de proceder: “Apreciamos la existencia de desviación de poder en los miembros de la comisión en cuanto a la existencia de un designio de ejercer la potestad de valoración para una finalidad desviada, la de postergar a un candidato y primar a otro [Manuel Bustamante, pareja de Mosquera], para lo cual se apartó de pautas objetivas y eludió una moticación clara, explícita y razonada de la prueba relativa al proyecto técnico”. Este proyecto resultó decisivo en la elección, ya que hasta ese momento los tres médicos que concurrían estaban empatados a puntos.
El Tribunal Superior, en una sentencia firme contra la que no cabe recurso, escudriña el proceso que desembocó en el polémico nombramiento y concluye que la “falta de motivación” a la hora de aclarar los supuestos méritos de Bustamante “es clamorosa”. “El resultado final”, sostienen los tres jueces ponentes de la sentencia, “ofrece un panorama indiciario ostensible de desviación de poder al contemplar que de forma tan curiosa como estadísticamente improbable, los tres aspirantes [a la jefatura de servicio] obtienen idéntica valoración en los conceptos de currículum y de valoración de dedicación exclusiva, agotando el techo de puntuación máxima posible, y será decisiva la puntuación asignada en el concepto más subjetivo de todo y que por esa circunstancia debía ir acompañado de una motivación explícita y razonada de su resultado: el de la valoración del proyecto técnico”.
Lejos de argumentar la mayor puntuación otorgada en ese apartado al marido de quien entonces era la gerente del Sergas, la comisión —compuesta por cinco personas, de las que cuatro debían su cargo a Mosquera o a sus subalternos— aludió a “un baremo consentido pero altamente cuestionable porque encierra tres cheques en blanco que abren la puerta a la arbitrariedad”. Para el tribunal, la frase del jurado de las pruebas en la que sostiene que el candidato elegido “abordó los problemas y solución de hecho más concreto y adaptado a los objetivos señalados en la convocatoria” es solo “una motivación vacía que convierte en juego de adivinanzas en qué extremo del proyecto del adjudicatario o su exposición merece mayor valoración” que el de sus contrincantes.
El fallo recuerda además que mientras el programa presentado por otro de los aspirantes (que no resultó elegido) contenía bibliografía, comparación con otros hospitales y un amplio anexo de datos numéricos, el del candidato elegido carecía de todos esos aspectos y hasta contenía “anotaciones a mano” en tres de sus páginas. La sentencia enumera otros dos indicios que apuntan a la desviación de poder y que apuntan al “efímero” plazo (de 15 días) que se dio a los aspirantes para remitir su currículum, documentación y el proyecto técnico sobre la gestión que pretendían llevar a cabo del servicio. Los jueces también considerar “sorprendente” que la comisión técnica tardase solo media hora en deliberar tras la presentación de los proyectos.
Además de Bustamante, profesor asociado en la Universidad de Santiago y médico especialista en el Clínico, por la plaza concurrían Miguel Caínzos, jefe de sección en el mismo centro y catedrático de Cirugía de la Universidad de Santiago, así como Evaristo Varo, profesor titular de Medicina y también jefe de sección en el citado hospital. Varo aseguró ayer a El Correo Gallego su intención de retirarse de la carrera por la plaza argumentando que no comparte “la política sanitaria” de la Xunta.
Silencio de la consellería
El Hospital Clínico de Santiago pertenece a la red pública gallega y está bajo dependencia jerárquica del Sergas —que dirigía Rocío Mosquera cuando sucedieron los hechos— y de la Consellería de Sanidade, a quien compete nombrar a su director gerente. Pero un portavoz del departamento de Mosquera declinó ayer comentar la sentencia con el argumento de que “es un asunto que afecta al hospital y no a la consellería”.
Tampoco el centro sanitario perdió mucho tiempo en ofrecer explicaciones. A través de otro portavoz, la dirección del hospital compostelano se limitó a señalar que la sentencia “se ejecutará a la mayor brevedad posible” y que la “actividad asistencial no se verá afectada por la decisión del Tribunal Superior”. El centro sanitario ni siquiera quiso aclarar si el marido de Mosquera seguirá como jefe de cirujanos mientras se resuelve el nuevo concurso.
La oposición exige ya la dimisión de la conselleira. “Ha hecho un mal uso y abuso de su cargo para favorecer a un miembro de su familia", declaró la diputada socialista Carmen Acuña. “No le queda más que dimitir ante este gravísimo caso de nepotismo”, coincidió Eva Solla, de AGE, mientras que Montse Prado, del BNG, apuntó: “Evidentemente alguien tiene que asumir responsabilidades”.
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