El Superior da la razón a Adegi en la demanda por el fin del convenio del Metal
La decisión del máximo tribunal vasco incluye el voto particular de la juez Garbiñe Biurrun
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado una demanda de los sindicatos CC OO, UGT, ELA y LAB contra Adegi y la Federación de Empresarios del Metal de Gipuzkoa que pretendía, en última instancia, que se reconociera la vigencia del convenio del metal de este territorio.
La sentencia, que ha contado con un voto particular en contra firmado por la presidenta del tribunal, Garbiñe Biurrun, no entra en el fondo de la cuestión, sino que desestima la demanda de los sindicatos por falta de acción de las demandadas, falta de legitimación pasiva e inadecuación de procedimiento.
El origen de la demanda fue una comunicación que Adegi remitió a sus empresas asociadas el pasado 19 de junio, en la que la patronal exponía la situación que se generaría a partir del 7 de julio, fecha en la que decaerían los convenios en aplicación de la reforma laboral.
En esta circular, Adegi explicaba a los empresarios las diferentes posibilidades que contaban para afrontar la nueva situación y, entre otros consejos, les indicaba que "no hacer nada no es una opción, ya que se consolidarán de forma indefinida las actuales condiciones laborales".
Este documento sostenía que el empresario tenía tres posibilidades para establecer las nuevas condiciones: "reconocimiento unilateral, pacto de empresa o convenio colectivo de empresa", además de establecer recomendaciones como la de "medir la conflictividad que en la empresa puede generar la negociación de acuerdos en estos momentos de conflictividad y chantaje sindical".
Los sindicatos entendieron que este texto daba por finalizada la validez del convenio y constituía "un atentado al derecho a la libertad sindical", por lo que solicitaron al tribunal que condenara a las patronales a "reconocer la plena vigencia" del convenio del metal de Gipuzkoa de 2010-2011 y remitieran a sus asociados una nueva circular en la que les recordara que este acuerdo regulador seguía en pie.
Adegi considera que la sentencia refuerza su proceder
La demanda, que se tramitó por el procedimiento de conflicto colectivo, ha sido desestimada porque el tribunal considera que el documento distribuido por Adegi no constituye "ningún acto" que afecte a los sindicatos o trabajadores, sino que únicamente iba dirigida a sus empresas asociadas.
La sentencia considera que dicha comunicación contenía "un programa, consejo, directriz o documento base para ser aplicado por las empresas de Adegi", por lo que únicamente recogía "alternativas, meros consejos y advertencias, sin que impliquen una relación publicitada respecto a terceros".
"No nos encontramos ante ninguna actuación empresarial o patronal que pueda encuadrarse dentro de un sistema de negociación colectiva, de convenio o acuerdo, ni tampoco ante un acto que derive consecuencias directas ni a los demandantes ni a los trabajadores que puedan quedar afectados", reza la resolución judicial.
Por su parte, la presidenta de la Sala, Garbiñe Biurrun, sostiene la tesis contraria en su voto particular, en el que la magistrada sostiene que Adegi dio por finalizada la vigencia del acuerdo regulador anterior no sólo a través de la citada comunicación a sus afiliados, sino también en la mesa negociadora, lo que supone "una acción de carácter declarativo".
Adegi ha opinado que la sentencia refuerza su proceder en este escenario. En un comunicado, Adegi ha afirmado que continuará "apoyando y acompañando a las empresas mediante nuevas recomendaciones orientadas a que adapten sus relaciones" laborales como hizo ante "la pérdida de vigencia del Convenio del Metal en pasado 7 de julio".
Y añade que "no vulneró en ningún caso el derecho a la negociación colectiva, que era lo que pretendían los sindicatos con la demanda", al entender que la comunicación que remitió a sus asociados con recomendaciones para aplicar la reforma laboral y advirtiendo del fin de la ultraactividad del convenio fue "asesorativa".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.