La pianista no irá a la cárcel
La fiscalía rebaja su petición de siete años y medio a 20 meses para la muchacha que molestaba a su vecina cuando ensayaba
La pianista de Puigcerdà no irá a prisión. La fiscal ha rebajado su petición de siete años y medio de cárcel a 20 meses en la última sesión del juicio que se ha celebrado durante esta semana en la Audiencia de Girona. A Laia M. se la juzgaba por haber molestado a su vecina tocando el piano hasta ocho horas y cinco días a la semana entre 2003 y 2007, a más decibelios de los permitidos. Con una pena inferior a dos años y sin tener antecedentes penales no se ingresa en prisión. En su informe final, la fiscal invocó el derecho de la denunciante y de todo el mundo, “a ser dejado en paz”.
La fiscal, Emma Ruiz, pidió para la pianista una pena de 16 meses por un delito contra el medio ambiente, por contaminación acústica, y cuatro meses más por las lesiones psíquicas causadas a su vecina, por las que antes demandaba un año y medio. Para llegar a esta rebaja de la pena, el ministerio público ha tenido en cuenta que la familia no adoptó una actitud “obstruccionista” frente a los requerimientos que hizo el Ayuntamiento de Puigcerdà (Cerdanya) tras las constantes quejas de la vecina. Además, la fiscalía reconoce que los retrasos en el proceso no son responsabilidad de los acusados, por lo que les ha aplicado un atenuante de dilaciones indebidas. Para sus padres, ha pedido la misma pena, por cooperadores necesarios. Asimismo, pidió para los acusados una multa de 1.620 euros, más 20.000 euros en concepto de responsabilidad, y una inhabilitación que impida a la pianista tocar el instrumento medio año.
La fiscal ha mantenido que ha existido un delito de contaminación acústica con riesgo grave para la salud
Por su parte la acusación particular ha solicitado cinco años y medio de cárcel. Esto ha sido duramente criticado por el letrado de la defensa, Marc Molins, que ha asegurado que la acusación particular “ha actuado de forma temeraria manteniendo esta petición de cárcel y también lo ha sido al utilizar la justicia para resolver problemas vecinales”. Molins ha solicitado la absolución de su representada.
En su informe final, la fiscal ha mantenido que ha existido un delito de contaminación acústica con riesgo grave para la salud de las personas y que se ha planteado por la vía penal “porque ha superado el límite tolerable de convivencia social”. El ministerio público ha apuntado que aunque “no sostiene que estuviera tocando los 365 días del año, porque sería imposible, tampoco se puede decir que el piano haya sido algo ocasional”. También ha subrayado la “intensidad” del sonido, ya que en casa de la denunciante se llegó a 36,8 decibelios, cuando el máximo permitido era de 30.
A la petición de dejar que la gente viva “en paz” que lanzó la fiscalía, el abogado de la defensa, indicó: “Aquí la enorme perturbación la han sufrido los acusados”. Para él, “vivir con la carga que representa una petición de siete años y medio de cárcel por unos hechos que son objetivamente falsos y jurídicamente irrelevantes justifica el llamamiento que se le hace al tribunal para que a través de una sentencia absolutoria deje en paz a la familia Martín”. Molins ha mantenido que este caso no tendría que haber llegado nunca a un tribunal penal.
Al final del proceso reinó el silencio. Ni la pianista ni sus padres quisieron hacer uso de su derecho a un último turno de palabra y el juicio ha quedado visto para sentencia.
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