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CASO ALCÀSSER

La acusación confía en los errores de cómputo para evitar que Ricart salga libre

La Asociación Clara Campoamor cree que hay fallos en la redención por trabajo y estudio

Joaquín Gil

La Asociación Clara Campoamor, que ejerció la acusación popular en el juicio contra Miguel Ricart Tárrega, El Rubio, único acusado por el secuestro, violación y asesinato en noviembre de 1992 de las niñas de Alcàsser (Valencia), ve en el trámite iniciado el viernes por la Audiencia Provincial de Valencia “una oportunidad” para retrasar la excarcelación del recluso tras la anulación por Estrasburgo de la doctrina Parot.

Según esta entidad, la solicitud de información sobre la liquidación de la pena de Ricart pretende detectar posibles fallos en el cómputo de las redenciones por trabajo y estudios, la vía que habría permitido al asesino salir a la calle en 2011 pese a una condena de 170 años. El Código Penal de 1973, que fue el aplicado para sentenciar el triple crimen, fijaba un tope de 30 años de estancia en prisión y la reducción de un día de cárcel por cada dos de trabajo.

Ahora, la acusación confía en la existencia de “errores” o redenciones contabilizadas pero inexistentes en el expediente penitenciario que debe remitir la prisión de Herrera de la Mancha (Ciudad Real). El trámite puede tardar días. “La aplicación del Código Penal de 1973 permitía redenciones automáticas”, explica la abogada de la Asociación, Luisa Ramón, que anuncia una ofensiva de impugnaciones cuando la Audiencia dé traslado a las partes del trámite. La existencia de fallos, valora la letrada, obligaría a recalcular la condena de Ricart e impediría su excarcelación inmediata. El acusado tenía fijada su fecha de salida de prisión el 19 de enero 2023 antes de la decisión de Estrasburgo.

La acusación popular carece de información sobre el expediente de Ricart. Solo sabe que el recluso “tuvo un parte disciplinario”. “No ha mostrado el más mínimo arrepentimiento y es un recluso peligroso. Podría reincidir”, advierte la abogada.

La Asociación, no obstante, admite que la sentencia del pasado lunes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que anula alargar la permanencia en prisión de delincuentes considerados peligrosos deja “poco margen de maniobra”. Confía en un cambio de postura de última hora del Supremo español, que aplicó desde 2006 la doctrina Parot y que el próximo 12 de noviembre analizará sus efectos sobre todos los recursos presentados por etarras.

El catedrático de Derecho Penal de la Universitat de València, José Luis González Cussac, se muestra crítico sobre las trabas para frenar la aplicación de la doctrina Parot. “La excarcelación de Miguel Ricart está cerca”, asegura.

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Sobre la firma

Joaquín Gil
Periodista de la sección de Investigación. Licenciado en Periodismo por el CEU y máster de EL PAÍS por la Universidad Autónoma de Madrid. Tiene dos décadas de experiencia en prensa, radio y televisión. Escribe desde 2011 en EL PAÍS, donde pasó por la sección de España y ha participado en investigaciones internacionales.

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