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Un petardo de 55.600 euros

Los seis sindicatos convocantes de una manifestación, condenados por un magistrado de lo Civil a indemnizar a un policía que perdió la visión en un ojo

F. Javier Barroso
Traca final de la manifestación delante de la sede del PP.
Traca final de la manifestación delante de la sede del PP.F. J. B.

Los seis sindicatos del Ayuntamiento de Madrid que convocaron una manifestación de policías municipales el 22 de marzo de 2010 deberán indemnizar con 55.653 euros a un agente, y también manifestante, que perdió la visión en un ojo a consecuencia de un petardo. Así lo ha sentenciado el titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid, Rafael Fluiters Casado, en una sentencia. La letrada del perjudicado, Rosario Romero, se muestra satisfecha con el fallo, pese a que la cantidad solicitada en un principio por el policía era algo superior (67.530 euros). Según ha explicado, ya es firme porque ninguna de las partes la ha recurrido.

La manifestación fue convocada por los sindicatos CC OO, UGT, Colectivo Profesional de Policía Municipal (CPPM), CSIT-UP, Unión de Policía Municipal (UPM) y CSIF. La marcha transcurrió entre la glorieta de Ruiz Giménez y la sede del Partido Popular, en la calle de Génova. Según los organizadores, acudieron unas 2.000 personas. Fuentes policiales rebajaron la cifra a unas 1.500. Los agentes municipales y de movilidad protestaban por el decreto del Ayuntamiento de la capital que permitía cobrar más a los funcionarios que más trabajasen.

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Durante todo el recorrido y pese a que había un cordón de más de 100 agentes antidisturbios que custodiaban la marcha se explosionaron bastantes petardos. De hecho, uno de los asistentes quemó una traca justo delante del edificio del PP.

Uno de esos petardos hirió al agente José G. A., causándole una herida inciso-contusa en el párpado superior derecho, además de graves lesiones en el ojo, como hemorragias en la retina y un edema importante en toda la parte posterior. A raíz de aquello y según la sentencia, el agente se quedó con una agudeza visual menor al 0,05, lo que significa ceguera.

La abogada del policía pidió en el juicio 67.530 euros por varios conceptos. Uno, por la incapacidad de 263 días que estuvo de baja por la herida en el ojo. Otro, las secuelas por la pérdida de visión. Tercero, la incapacidad permanente parcial para determinadas actividades de su trabajo y ciertos gastos. Tras el accidente, José G. A. dejó de patrullar en coche tras ser declarado “no apto” para este servicio. También se vio privado de los permisos BTP (que autoriza a conducir vehículos de emergencia y taxis) y el C-1 (camiones de hasta 7.500 kilos).

Los sindicatos demandados adujeron que adoptaron las medidas de seguridad que tenían a su alcance y que, cuando se produjo el accidente que le costó la visión al policía, ya había terminado la manifestación. Además, no hubo material pirotécnico durante el recorrido y que “de haberlo habido, sería ajeno a las organizaciones convocantes”. También añadieron que el demandante sigue prestando sus servicios en la misma unidad, que padecía una patología en la vista del ojo dañado (era miope) y que no es seguro que las lesiones que padece no sean reversibles. Por ello, cuestionaban la cuantía de la indemnización.

El magistrado declara probado en la sentencia que el estallido del petardo fue el que lesionó al demandante durante la manifestación. Y más concretamente durante el final de la misma. Este hecho lo deduce de las declaraciones de cuatro agentes que “inequívocamente” así lo afirmaron durante el juicio. Pero, sobre todo, se basa en “la neutralidad e imparcialidad” de los miembros del SAMUR que asistieron al policía tras el estallido del petardo. Ambos señalaron que, cuando llegaron al lugar, “aún había manifestación” y que tuvieron que ser escoltados para acceder al herido. A ello se une que los facultativos llegaron poco antes de la una de la tarde, por lo que todavía no había concluido la protesta.

“Puede asegurarse que las demandadas [los sindicatos convocantes] no han acreditado y ni siquiera lo han intentado haber puesto todos los medios razonables a su alcance para evitar la producción de un daño como el generado al aquí demandante”, refleja en su fallo Rafael Fluiters Casado. Este añade que no consta que se diesen instrucciones o avisos para que no se lanzasen petardos y que derivaron la responsabilidad a los cuerpos y fuerzas de seguridad que controlaban la manifestación. “Son ellos, conforme a los preceptos citados [la Ley Orgánica 9/83 del Derecho de Reunión] los que deben responder por los referidos daños”, concluye. El magistrado también exculpa al policía, ya que no se expuso a los petardos de manera intencional.

La abogada del agente destacó que su cliente no tenía ninguna intención indemnizatoria, sino que se le reconociese que se le había provocado un daño grave. Rosario Romero explicó que cuatro sindicatos ya han depositado la parte que le corresponde.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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