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El TSJ ordena a Educación implantar una línea en valenciano que denegó

El tribunal respalda la petición de los padres de un colegio del Arzobispado en Picassent

Ferran Bono
Niños en una de les trobades en valencià.
Niños en una de les trobades en valencià.CARLES FRANCESC

Ramón Pérez y Violeta Díaz querían que sus hijos estudiaran en valenciano en Picassent. También la mayoría de las familias de los alumnos de Infantil del colegio concertado Sant Cristòfor, ubicado en el centro del pueblo. Pero la Consejería de Educación denegó la implantación de la línea en valenciano. Ramón y Violeta no se conformaron y, con la ayuda de Escola Valenciana, recurrieron la resolución administrativa. Ahora, el Tribunal de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia firme que les da la razón y que sienta un importante precedente. El tribunal obliga a la Consejería a aprobar, en un mes, la aplicación del Programa de Enseñanza en Valenciano, denegado en 2010, en el colegio concertado, propiedad del Arzobispado de Valencia.

El TSJ desmonta por completo los argumentos que justificaron la negativa de Educación. Ésta alegó que los padres no estaban legitimados para pedir el programa al “no haberse acreditado la condición de interesados de los recurrentes”. Y también fundamentó su oposición dado “el contexto sociolingüístico en que está ubicado el colegio”, “visto el diseño del programa y el acta del Consell Escolar”, y teniendo en cuenta el informe del Servicio de Planificación Educativa, “del que se deduce que el equilibrio en el normal uso y enseñanza de las dos lenguas oficiales se vería perjudicado en esta localidad”.

El magistrado de la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo Fernando Nieto incide en la “la absoluta falta de explicación o detalle acerca del valor y/o importancia que tales razones tienen, en singular sobre la solicitud que presentó la dirección del colegio concertado”. La decisión de la Administración autonómica lo único que hace es, según la sentencia, remitirse a enunciados normativos que, por sí, “no conceden una solución”, y a un informe que únicamente “describe la situación de la enseñanza en números en la población de Picassent”.

Por ello, añade, “no hemos de coincidir con la Administración cuando afirma que el equilibrio en el uso normal y enseñanza de las dos lenguas oficiales se vería perjudicado” si se accede a la solicitud del centro.

Para el tribunal, “la única justificación —que es muy endeble— que ha puesto en práctica la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes ha consistido en remitirse a un informe genérico (que no analiza el concreto supuesto de la petición del colegio Sant Cristòfor Màrtir) donde se omite cualquier consideración de ese contexto sociolingüístico”.

Además, sostiene que existe “un informe positivo” para la implantación del programa de la Inspección Educadora; “suficiente aval para el cambio procedente de los padres y profesores y de los consejos escolares”, y un acuerdo del pleno del Ayuntamiento”.

Ramón Pérez, el padre demandante, estaba ayer “muy contento”. “Nos han dado la razón, aunque mi hijo siguió estudiando en castellano”, comentó. La oficina de Drets Lingüístics de Escola Valenciana llevó el caso. El presidente de la plataforma cívica, Vicent Moreno, se mostró su “satisfacción”. Hizo hincapié en que es “la primera sentencia del TJS que reconoce este derecho lingüístico”, y destacó que el auto avala “la autonomía de los centros y las decisiones de su Consejo Escolar”. Que tome nota la consejera [de Educación, María José Catalá], que tanto habla de autonomía de los centros. Escola espera aún dos sentencias más sobre recursos similares presentados en dos centros de Xirivella.

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Sobre la firma

Ferran Bono
Redactor de EL PAÍS en la Comunidad Valenciana. Con anterioridad, ha ejercido como jefe de sección de Cultura. Licenciado en Lengua Española y Filología Catalana por la Universitat de València y máster UAM-EL PAÍS, ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria periodística en el campo de la cultura.

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