El juez archiva la causa por fraude fiscal contra los hermanos Carulla
Los propietarios de Agrolimen no se beneficiaron de una operación de compraventa de acciones El juez cree que Hacienda podría haber resuelto el caso sin necesidad de ir a la vía penal

Casi dos años después de que comenzara la investigación, el juez ha archivado la causa contra los seis hermanos de la familia Carulla por un presunto delito de fraude fiscal. El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Barcelona, Josep Maria Miquel Porras, considera que no hay indicios de que los propietarios de la compañía Agrolimen estafaran a Hacienda a través de operaciones entre empresas del grupo.
La fiscalía acusaba a cada uno de los hermanos Carulla de haber defraudado a Hacienda alrededor de un millón de euros mediante la declaración de renta. El informe de la Agencia Tributaria señalaba que los Carulla habían dejado de tributar 61,5 millones de beneficios a través de una operación de compraventa de acciones entre sociedades del grupo, algunas de ellas radicadas en paraísos fiscales.
En su auto, sin embargo, el juez acuerda el sobreseimiento libre de las actuaciones y considera que las operaciones, fechadas en 2006, son "regulares" y no supusieron beneficio alguno para los hermanos Carulla, defendidos por los abogados Emilio Zegrí y Fermín Morales. Los imputados -Lluís, Maria, Montserrat, Artur, Aurèlia y Jordi- no cometieron delito alguno. La operación de venta de acciones de Merimare a Agrolimen fue una operación de "autocartera" que, además, fue "controlada por las autoridades fiscales holandesas", que no pusieron objeción alguna.
El juez basa su decisión en las explicaciones del perito judicial, quien declaró que se trataba de una "recolocación de fondos" en el marco de la reorganización del grupo empresarial, por lo que había un "motivo económico sólido" para acometerla. El destino dado a esos 61,5 millones fue la ampliación de capital de Agrolimen, que después empleó ese dinero en "reducir créditos o saldos negativos de sus propias cuentas".
Para que haya delito, sostiene el juez, la entidad (Merimare) debe ser una sociedad instrumental, pero no es el caso porque este holding gestiona gran parte de las acciones del grupo. A su juicio, que una de las empresas radicadas en Holanda carezca de empleados no es motivo suficiente para pensar que se trate de una sociedad pantalla. Tras una causa con más de 2.500 folios, Porras reprocha a la Agencia Tributaria que el caso se haya dilucidado por la vía penal. Hacienda no hizo una inspección y llegó a sus conclusiones "sin previo conocimiento de los interesados". De haber obrado en sentido contrario, remacha el juez, el asunto se habría podido dirimir en sede administrativa.
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