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El monumento a los brigadistas en la Complutense se queda donde está

Un juzgado declara "nula" la instalación de un monolito en el campus por motivos urbanísticos El rectorado dice que de la sentencia no se deduce que haya que retirarlo

Inauguración del monumento a las Brigadas Internacionales.
Inauguración del monumento a las Brigadas Internacionales.SANTI BURGOS

"De la lectura de la sentencia no se deduce que haya que retirar el monumento". La Universidad Complutense de Madrid (UCM) no tiene previsto retirar el monolito en homenaje a las Brigadas Internacionales que inauguró el pasado 22 de octubre, pese a que el Juzgado Contencioso-Administrativo número 22 de Madrid ha declarado su instalación "nula de pleno derecho", por carecer de la licencia urbanística necesaria. El procedimiento judicial arrancó a raíz del recurso planteado por un particular en contra de la iniciativa. Contra esta decisión cabe un recurso, que la asesoría jurídica de la UCM está estudiando si planteará o no, según fuentes del rectorado.

En la inaguración estuvo presente el rector, José Carrillo, y su padre, Santiago, histórico dirigente del PCE

La Complutense inauguró el monumento a las Brigadas Internacionales coincidiendo con el 75 aniversario de la creación de esta organización y con la presencia de cuatro de sus integrantes. En el acto estuvo presente el rector, José Carrillo, y su padre, Santiago Carrillo, histórico dirigente del Partido Comunista de España (PCE). Poco después de su inauguración, el monolito fue atacado con pintadas en las que podía leerse "asesinos". Desde entonces, es habitual que luzca este tipo de inscripciones.

La sentencia recoge como hechos "claros" y que "no son objeto de discusión" que la UCM "instaló e inauguró en suelo público un monumento sin instar procedimiento urbanístico de ninguna clase y sin obtener licencia urbanística al efecto", así como que fue el 9 de noviembre de 2011 cuando la Complutense solicitó "por actuación comunicada" la licencia para la instalación. El juez considera que la conducta de la administración recurrida pone de manifiesto que esta era consciente de la necesidad de la licencia y omitió de forma "total y absoluta" esta obligación, "asumiendo una potestad que no le corresponde".

Actuación sin mala fe

Citando lo que la doctrina francesa denomina manque de droit (atribuirse y usar un poder del que legalmente se carece), la sentencia se muestra muy crítica con la actuación de la Universidad: "Ha decidido por su cuenta y riesgo que no necesitaba autorización y que la instalación podía prescindir de todo control de la legalidad urbanística". Por ello, declara "nula" su actuación, por ser "constitutiva de hecho y contraria a derecho", si bien no se pronuncia sobre las costas del proceso, por no apreciar temeridad ni mala fe en ninguna de las partes –por lo que deberán pagarlas a medias–, y advierte que estima la demanda sobre la licencia sin perjuicio de que esta pueda obtenerse posteriormente.

El juez declara nula la actuación de la Complutense, sin perjuicio de que pueda obtener después la licencia

Aparte de denunciar la falta de licencia urbanística, el particular que recurrió la instalación del monumento alegó la falta de competencia de la UCM para acordar la instalación de una estatua en el recinto universitario y la vulneración del artículo de la Ley de Memoria Histórica que se refiere a la retirada de símbolos de la guerra civil y la dictadura. En estos casos, el juez considera, como había argumentado la UCM, que el recurrente solo está legitimado para reclamar sobre la normativa urbanística, no sobre las competencias de la Universidad o la aplicación de la Ley de Memoria Histórica.

Las partes implicadas en este proceso tienen 15 días desde que reciban la notificación de esta sentencia, fechada el pasado 27 de marzo, para presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

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