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El Tribunal Supremo examinará la legalidad de la norma que regula las escuchas

La Asociación de Internautas presentó una impungnación al considerar que el tema debe ser regulado por ley orgánica

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite la impugnación que la Asociación de Internautas (AI) presentó el 29 de junio ante este órgano judicial contra la regulación de interceptación de comunicaciones en España, según la organización en su página web. La AI afirma que el tema debía haberse regulado por ley orgánica y que la norma cuestionada contraviene la Ley Orgánica del Poder Judicial, al permitir que las escuchas las realicen directamente las fuerzas de seguridad a través "la figura del 'agente facultado'".

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La normativa en discusión, que deberá ahora ser analizada con detenimiento por el Supremo, se recoge en el Título V del Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por el Gobierno el pasado 15 de abril.

La AI argumenta que el Gobierno ha excedido el ámbito de autorización concedido por el artículo 33 de la Ley General de Telecomunicaciones, que no le faculta para establecer el procedimiento legal relativo a la interceptación de las comunicaciones acordadas por la Autoridad judicial, materia reservada a ley orgánica, al regularse un derecho fundamental como es el secreto de las comunicaciones, amparado en el apartado 3 del artículo 18 de la Constitución.

La normativa, sostiene la AI, impone las obligaciones de autenticidad, confidencialidad e integridad de la información interceptada únicamente a las operadoras y prestadores de servicios, sujetos obligados a llevar a cabo la interceptación en primera instancia, dejando en manos de la Administración y, "por tanto, sujetas a un hipotético futuro desarrollo normativo, las especificaciones técnicas de las interfaces y formatos para la transmisión de las comunicaciones interceptadas desde las operadoras y prestadores de servicios a unos denominados 'Centros de recepción de las interceptaciones'".

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