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Las organizaciones de usuarios piden que se limiten también los SMS de tarificación adicional

La nueva normativa no contenta a todas las organizaciones que piden una reglamentación más dura

Diversas organizaciones de consumidores han mostrado su satisfacción "parcial" con la norma que entra hoy en vigor para modificar las condiciones de prestación de los servicios telefónicos de tarificación adicional, y piden que se amplíe a todas las líneas 800 y a los SMS la desconexión y contratación positiva.

Así lo han expresado en sendas notas de prensa la Federación de Consumidores en Acción (FACUA), la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU) y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

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La Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) ha sido la única que ha manifestado exclusivamente su satisfacción con esta norma y ha asegurado que las medidas que establece "suponen una amplia gama de ventajas que pueden ayudar a un uso más seguro".

La Orden Ministerial reguladora de los servicios de tarificación adicional -prefijos 800 y 907 para Internet- que entra hoy en vigor establece para los operadores la obligación de informar sobre el precio, tipo de servicio y titularidad del mismo antes de empezar a facturar los precios establecidos para esta prestación.

Contempla además que para acceder a los servicios más caros (803, 806, 807, y 907 para Internet) será necesaria una solicitud previa firmada por el usuario a su operador de acceso.

FACUA considera que la norma introduce aspectos muy positivos, pero que tiene "carencias en temas importantes", y ha anunciado que solicitará la modificación de la misma al Gobierno. Ente sus demandas subraya que la desconexión del acceso a las

líneas que ofrecen estos servicios "debería extenderse" a todas las líneas 803, 806 y 807, y no sólo a aquellas cuyo coste para el usuario sea superior a un euro más IVA.

Ha argumentado que "teme" que los fraudes se desplacen a líneas cuyo coste sea inferior a esta cantidad, es decir, aquellas cuya cuarta cifra esté entre el 0 y el 5.

Limitar también los SMS

La CEACCU por su parte incluye entre sus peticiones que los SMS "sean considerados servicios de tarificación adicional en la modalidad de contratación positiva", ya que el precio de algunos de éstos puede estar entre los 5 y 10 euros por mensaje.

A su juicio también los Servicios de Información Telefónica (antiguo 1003) deberían ser considerados servicios de tarificación adicional, dejando al margen un operador que prestase este servicio de forma "universal".

Añade a sus críticas que "la vía judicial sigue siendo la única solución para las reclamaciones económicas", y que no existe un órgano "bien definido" con competencias y recursos para vigilar el cumplimiento de esta normativa y velar por la protección de los usuarios.

La OCU afirma que la regulación es "insuficiente y confusa" y califica de "inaceptable" que no se hayan sometido a la misma los SMS de valor adicional, cuya incidencia sobre los consumidores es "similar" a la de dichos servicios telefónicos.

Asegura además que "lamenta" que con esta normativa se deje a los usuarios en una "insostenible situación de desamparo" al quedar "cerrada en la práctica la vía del arbitraje" para la solución de problemas o el reintegro de cantidades indebidamente cobradas.

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