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Protección de Datos multa a Círculo de Lectores con 360.000 euros por ceder información de un socio

La empresa dice que sólo incluyó sus datos entre los destinatarios de una campaña publicitaria

La Agencia de Protección de Datos (APD) ha impuesto al Círculo de Lectores una multa de 360.607 euros por una infracción "muy grave" de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. El origen de la sanción es una denuncia presentada en 2002 por una cesión de datos a terceros y la utilización de los mismos para enviar publicidad.

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La denunciante, una ciudadana de Vigo que responde a las siglas A.M.S., comunicó a la APD que había recibido a principios de noviembre de 2002 un envío publicitario de una entidad financiera, que advertía que el listado para realizar el mismo había sido elaborado por la empresa Bertelsmann Direct, a la que debía dirigirse para ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación. Tras ponerse en contacto con ellos, le habían comunicado que los datos le habían sido facilitados por Círculo de Lectores a pesar de que ella no les había autorizado para que lo hicieran.

En abril del año pasado, la APD comprobó que Círculo de Lectores tenía un contrato con Arvato Services ("anteriormente denominado Bertelsmann Direct"), que le permitía utilizar el fichero de ex socios de la empresa para la realización de campañas de terceros. También constató que la afectada figuraba como socia desde enero de 2002 aunque la empresa no disponía de un contrato de alta como socia y que en el campo "LORTAD" constaba el valor "N", que "según los representantes del Círculo de Lectores significa que el socio no da su consentimiento para recibir publicidad de terceras personas".

El Círculo de Lectores alegó que no hubo cesión de datos

A.M.S había comunicado a Círculo de Lectores que no quería recibir información u ofertas en noviembre. El fichero con los destinatarios de la campaña publicitaria objeto de la denuncia que incluía los datos de A.M.S fue creado el 30 de septiembre de aquel año.

Círculo de Lectores alegó que no había habido cesión de datos sino "una mera inclusión" de los datos de la denunciante "en un listado de destinatarios de una campaña de publicidad contando con el consentimiento de la interesada, dado que la misma manifestó su oposición al tratamiento de sus datos con fines publicitarios después de haber recibido la publicidad".

Posible recurso ante la Audiencia Nacional

En mayo de este año, la APD resolvió sancionar a Círculo de Lectores con una multa de 300.506 euros por infracción del artículo 11 (comunicación de datos) de la Ley de Protección de Datos Personales; y con otra de 60.101 por infracción del artículo 6 (sobre el consentimiento del afectado), de la misma norma. Contra esta resolución cabe recurso de reposición ante la APD o contencioso administrativo ante la sala correspondiente de la Audiencia Nacional.

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