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Detenido un hombre en Pamplona por incendiar la vivienda de su expareja cuando ella no estaba dentro

La jueza ha decretado prisión provisional y sin fianza al entender que la orden de alejamiento vigente “no ha sido suficiente para proteger a la víctima”

Amaia Otazu
La Policía Nacional de Pamplona, en una imagen de archivo.
La Policía Nacional de Pamplona, en una imagen de archivo.Villar López (EFE)

La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de un hombre por haber provocado el pasado día 6 de julio un incendio en la vivienda de su expareja, ubicada en la capital navarra. El detenido tiene abierto un procedimiento judicial por violencia de género, así como una orden de alejamiento vigente respecto de la víctima y habitante de la vivienda. La magistrada entiende que la prisión provisional se justifica porque la orden de protección sobre la denunciante no ha sido suficiente para garantizar su seguridad y el inculpado se enfrenta a penas muy elevadas de prisión. En concreto, se le imputan los delitos de allanamiento de morada, incendio en casa habitada, quebrantamiento continuado de medida cautelar y coacción en el ámbito de la violencia de género.

De acuerdo con la resolución judicial, que puede ser recurrida, el investigado aparece en una grabación —aportada por la denunciante— en la que se ve cómo, alrededor de las cinco de la tarde del 6 de julio, intenta entrar con llave en la vivienda antes del fuego. Un hecho que también corroboró un testigo. Más tarde, sobre las nueve de la noche, la mujer abandonó el domicilio y, dos horas después, la Policía Municipal de Pamplona y los bomberos recibieron el aviso de un incendio en la vivienda. Al informar a la mujer, esta afirmó que había dejado “todo apagado”. A la espera de los informes definitivos, los investigadores —agentes de la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) y de la Brigada Científica de Policía Judicial del Cuerpo Nacional de Policía— han confirmado que el incendio “es claramente provocado” porque han encontrado “distintos focos posibles”.

La denunciante contó a los agentes que, a pesar de las medidas de alejamiento, el inculpado se había comunicado varias veces con ella en los últimos meses para que retirara la denuncia y que, alrededor de dos meses antes, le había acogido una noche en su casa. No era la primera vez que él accedía al piso, ya había estado allí otras veces, por lo que la denunciante sospechaba que podía haberse hecho con una copia de la llave. La mujer aseveró que en los últimos meses había echado en falta dinero y otros objetos de su domicilio. Tras su detención y puesta a disposición judicial, el imputado ha reconocido que tiene una llave de la vivienda, pero que la mantiene desde la época en la que vivían juntos y que la utilizó el día 6 porque, según recoge la resolución judicial, su “situación psicológica cuando bebe no le permite entender bien”.

En la comparecencia celebrada ante la jueza, la fiscalía solicitó su ingreso en prisión provisional, una medida a la que también se adhirió la letrada del Servicio de Atención a la Mujer (SAM), mientras que el abogado defensor solicitó la libertad provisional sin fianza. Ahora, la magistrada ha decretado la prisión provisional, comunicada y sin fianza. Lo considera procedente por varios motivos, según establece la resolución. En primer lugar, porque se ha demostrado que la pena de alejamiento no ha sido suficiente para proteger a la víctima, quien padece un riesgo “evidente” para su vida o integridad física. Por otro lado, porque “el imputado tiene numerosos antecedentes policiales y judiciales por delitos violentos, tanto de violencia de género como de hurto, lesiones, resistencia y desobediencia a agentes de la autoridad, y depósito o tenencia de armas, municiones y explosivos”. Esto se suma a las elevadas penas que se le pudieran imponer por los supuestos ilícitos cometidos. En concreto, el delito de incendio en casa habitada está castigado con pena de prisión de entre 10 y 20 años, y los ilícitos de allanamiento de morada y de quebrantamiento continuado también llevan aparejadas penas de cárcel.

El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. También se puede contactar a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.

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