El Supremo rechaza que el hombre que mató al amante de su exmujer en Tarragona sufriera una “reacción pasional”
El tribunal confirma la pena de 18 años y cuatro meses de cárcel por el asesinato con alevosía cometido en un chalet de Vila-seca en 2020
Juan Pascual Heredia quería una rebaja de la pena. Pero el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de 18 años y cuatro meses de cárcel que le había sido impuesta por apuñalar mortalmente al amante de su exmujer tras allanar el chalet donde estaba la pareja y subir a la habitación donde dormían. La defensa de Heredia argumentó que había sufrido una “reacción pasional” tras romper y descubrir que su mujer tenía otra relación. Y subrayó que, en la cultura gitana de la que forma parte, la fidelidad es fundamental. El Supremo ha tumbado esas razones y ha descartado aplicar al homicida circunstancias atenuantes.
En el verano de 2020, tras 15 años de relación y tres hijos en común, Heredia y su mujer, Astrid D., se separaron. Ella se fue a vivir a casa de una amiga en Reus. Meses antes, había iniciado una relación sentimental con otro hombre, Juan José C., con el que su marido y toda la familia mantenían una relación de amistad desde hacía muchos años. El 26 de agosto, Astrid y el que había sido su amante y ahora pareja, se citaron en un chalet de Vila-seca (Tarragona) para pasar el día juntos. Heredia lo supo y se desplazó en coche desde Barcelona. En un Decathlon compró dos cuchillos de pesca y en un Mercadona, una caja de guantes de látex, según el relato que declaró probado el jurado popular.
Heredia esperó hasta pasada la madrugada en el coche y después se encaminó, descalzo, hacia el chalet. Atravesó el jardín, abrió la puerta que conectaba con la casa (la llave no estaba echada) y subió al primer piso. Allí dormían su exmujer y su amigo. Sin esperar a que se despertara, Heredia apuñaló en la espalda, en los costados y en el abdomen a Juan José. La víctima logró levantarse y huir, pero el agresor continuó asestándole puñaladas hasta que se desplomó en el suelo. Murió a los pocos minutos.
La pareja comenzó entonces una discusión. Heredia le recriminó un comportamiento que, dijo, afectaba al bienestar de los hijos. Los gritos alertaron a los vecinos, que avisaron a la policía. El hombre advirtió a su mujer de que no dijera nada de lo que había ocurrido. La mujer bajó a la planta baja y, de viva voz, dijo a los policías que todo estaba en orden, pero, al mismo tiempo, les hizo gestos ostensibles que indicaban lo contrario y que les animaba a subir a la planta superior. Cuando los policías descubrieron el cadáver de un hombre, Heredia se limitó a preguntarles: “¿Cuántos años me van a caer?”
La respuesta a esa pregunta la ha clarificado de forma definitiva el Tribunal Supremo, que ha confirmado la pena de 18 años y cuatro meses de cárcel por asesinato con alevosía impuesta en un caso peleado y ganado en distintas instancias por Fernando Martínez, abogado de la acusación particular. El jurado declaró a Heredia culpable, pero aseguró que, en el momento del crimen, estaba “ofuscado” por la “ruptura de la relación de pareja” y por el hecho de que sus hijos “le preguntaban y reclamaban por la vuelta de la madre al hogar familiar”, en Barcelona. El jurado también señaló, no obstante, que esa ofuscación no afectó a su voluntad ni a su entendimiento.
La fidelidad y la cultura gitana
La defensa argumentó que Heredia actuó por “estímulos tan poderosos” que le produjeron “arrebato, obcecación u otro estado pasional”. Los hechos probados demuestran que no fue “una reacción colérica o acalorada, sino que derivó de una mente ofuscada por la pasión”. El hombre “no fue consciente” de lo que había hecho hasta tiempo después, siempre según el recurso de la defensa, que agrega otra pieza argumental: esa “reacción pasional” fue todavía más intensa porque “para la cultura gitana la fidelidad es clave” y “existen costumbres que sancionan su transgresión”.
Los magistrados han echado por tierra esos argumentos. Admiten que el Código Penal contempla el “arrebato” como un atenuante, pero replican que no se da en este caso. Astrid “había dado término a la convivencia matrimonial” y era “perfectamente entendible que pudiera mantener una nueva realidad afectiva”. Para Heredia, además, este hecho no fue un descubrimiento casual o sorpresivo, sino que hizo una serie de “seguimientos” a la mujer para confirmar que, efectivamente, mantenía otra relación. “Abordó su actuación delictiva con un plan largo y minuciosamente preparado”, señala el tribunal.
Isabel Tobeña, magistrada del Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona y asociada a Juezas y Jueces por la Democracia, coincide en que los argumentos de la defensa no se sostienen. “El arrebato es algo que surge de forma espontánea, lo cual es incompatible con este caso. Sobre las infidelidades, con independencia de las creencias culturales de cada grupo étnico, es muy discutible que eso pueda considerarse en absoluto como parte de una cultura. Pero todo el mundo tiene derecho a la defensa”, afirma. Tobeña agrega que, en su opinión, un caso como este se enmarca en la violencia machista y que incluso puede ser una forma de violencia vicaria, como la que ejercen los padres que matan a los hijos que tienen con sus parejas o exparejas “para provocarles un daño con lo que más quieren”. “En este caso, se trata de eliminarle a él, al amante, delante de ella, para que sufra, parece el mismo contexto de la violencia vicaria”, dice la magistrada.
La defensa también había pedido que se le aplicara la atenuante de confesión por la frase que pronunció ante los agentes (”¿cuántos años me van a caer”?). Pero la sala, de nuevo, lo rechaza porque, cuando lo dijo, el crimen “ya había sido descubierto” y todos los indicios apuntaban a él. Es una confesión “ante lo que se percibe ya como irremediable” y no puede servir para rebajar la pena de prisión.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.