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15 años de cárcel para un abuelastro que violó y embarazó a su nieta tras amenazarla con un machete

La niña, de 13 años, no contó nada por miedo hasta sufrir un aborto meses después, según declara probado la Audiencia Nacional

J. J. Gálvez
Fachada de la sede de la Audiencia Nacional, en Madrid, en una imagen de archivo.
Fachada de la sede de la Audiencia Nacional, en Madrid, en una imagen de archivo.PABLO MONGE

Hace seis años, Ángel Gonzalo G. J. se adentró en casa de su nietastra, de 13 años, aprovechando que los padres de la niña se encontraban trabajando a esas horas de la mañana. El abuelastro consiguió entrar en la vivienda a través del patio, y caminó hacia el dormitorio de la adolescente, donde ella dormía. A él le daba lo mismo. Una vez allí, comenzó a tocarle las piernas hasta que se despertó. Fue entonces cuando, amenazante, colocó un machete sobre la cama. Y violó a la niña, según ha considerado probado ahora la Audiencia Nacional, que ha condenado a 15 años de cárcel al agresor, que embarazó a la pequeña. La menor, a la que dijo que volvería a violarla si se lo contaba a sus padres, no comentó nada a nadie hasta que sufrió un aborto meses después.

El tribunal, con sede en Madrid, acaba de dictar sentencia contra este español de origen ecuatoriano, al que se impone también un castigo de 10 años de libertad vigilada tras su salida de prisión y la obligación de indemnizar a la joven con 100.000 euros por el daño físico y psicológico. La agresión se produjo entre agosto y septiembre de 2017 en la ciudad de Machala (Ecuador) —los investigadores no han podido determinar la fecha exacta, pero a la menor le diagnosticaron un embarazo de 13 semanas y cinco días al atenderla tras el aborto, según los informes médicos—.

El caso se ha juzgado en España porque, después de desvelarse la violación, Ángel Gonzalo G. J. se marchó de su país natal y “se refugió” en la Península, donde fue detenido en 2019 tras recibirse una reclamación de extradición por parte de las autoridades ecuatorianas. Beneficiándose de su doble nacionalidad, la Audiencia Nacional rechazó en 2020 entregarlo por ser español, pero acordó procesarlo aquí tras una querella de la Fiscalía española. Este tribunal tiene competencias sobre delitos cometidos por españoles en el extranjero.

Ahora, una vez celebrada la vista oral contra él hace apenas un mes, el tribunal no se cree las excusas del ya condenado, nacido en 1969, que se encontraba libre en el momento del juicio.

Su versión resulta “escasamente verosímil”, incide el fallo, firmado por los magistrados Fermín Javier Echarri, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel. El hombre, vecino de Pamplona (Navarra), negó la agresión y explicó que había sido pareja de hecho durante 18 años de la abuela paterna de la pequeña, fallecida en 2016 de cáncer y con la que tuvo dos hijos. Según relató, vivía y trabajaba en España cuando se enteró de la enfermedad de su mujer. Así que regresó a Ecuador antes de que ella muriera. “Pero no tenía ningún tipo de relación con la menor, ni cercana ni no cercana. Simplemente, la conocía porque vivía cerca. Pero nunca la toqué”, aseguró en la vista oral, donde llegó a decir que nunca había ido a esa casa “estando la niña sola”. Y remachó que las acusaciones respondían a una venganza por un “problema de herencias”.

Una tesis que descarta el tribunal, que no aprecia “móviles espurios que debiliten la credibilidad” de la víctima y su familia. Es más, los magistrados ponen sobre la mesa toda una batería de pruebas contra el acusado: además del testimonio de la pequeña, cuentan con las declaraciones de los padres y la médico que atendió a la niña tras el aborto, a los que la joven relató los abusos. Según recordó la doctora, al llegar la chica a la clínica en plena madrugada tras haber sangrado abundantemente en casa, observó que había sufrido un “aborto incompleto” (le encontró un “cordón umbilical en la vagina”) y comunicó a su madre que la menor había estado embarazada de 13 semanas. En ese momento, la víctima les detalló que la había violado el “esposo de la abuelita“ —al que “trataban como un abuelo”, según el padre—.

La madre informó ese mismo día a la Fiscalía de Violencia de Género de Machala, que impulsó una causa penal que acabó truncada por la marcha del país del agresor. Durante el juicio celebrado en España, la madre contó que el acusado les ofreció dinero por retirar la denuncia “antes de huir”. A la causa se incorporó un análisis de ADN que señala al 99,9% que Ángel Gonzalo G. J. es el padre de un feto que expulsó la niña en casa, cuando comenzó a sangrar antes de llevarla al médico. La defensa intentó tumbar esta prueba en la vista. Pero los jueces la validaron y añadieron que, aun si no la hubieran tenido en cuenta, existen suficientes indicios que “acreditan” su “participación” en la violación.

También constan varios informes forenses que apuntan que, además de los “padecimientos físicos derivados del aborto”, la niña sufrió “otros de carácter psíquico”, como malestar, tristeza, inseguridad, desconcentración, ansiedad, problemas del sueño, reducción del apetito y enuresis nocturna (incontinencia urinaria). La sentencia de la Audiencia se puede recurrir.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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