Fin de las mascarillas en exteriores: cuándo y cómo podré estar sin la protección al aire libre
La mejora de la situación epidemiológica lleva al Gobierno a retirar una cuestionada medida que ha estado en vigor un mes y medio
El uso de mascarillas en espacios exteriores dejará de ser obligatorio como norma general a partir de este jueves tras su aprobación por el Consejo de Ministros y la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles. La medida, que afecta a todos los mayores de seis años (los niños de menor edad estaban exentos), supone dejar sin efecto una de las medidas más controvertidas aprobadas por el Gobierno, que volvió a imponerla el pasado 24 de diciembre a pesar de las críticas de muchos expertos, que la consideran ineficaz e incluso contraproducente.
La norma justifica el fin de las mascarillas al aire libre por la mejora de la situación epidemiológica tras el pico de contagios alcanzado el 21 de enero. Desde entonces, “se observa un descenso estable y rápido de la incidencia, que, con los datos registrados a 4 de febrero se había reducido en un 33%, casi un 17% semanal”. Además, sigue el texto, “la probabilidad de hospitalización, ingreso en UCI o fallecimiento durante esta onda epidémica ha mostrado ser hasta entre 10 y 22 veces inferior a la observada en ondas previas”.
El uso de las mascarillas queda a partir de ahora de la siguiente forma:
¿En qué espacios exteriores ya no tengo que llevar la mascarilla?
En prácticamente todos. Solo seguirá siendo obligatorio en aquellos en los que se celebren eventos multitudinarios en los que los asistentes estén de pie o cuando estén sentados y “no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes”. Este último caso es el de los estadios de fútbol.
¿Están los patios de los colegios incluidos en el fin de la obligatoriedad?
Sí. “En los patios de los colegios los niños y niñas podrán jugar sin mascarillas”, dijo este martes la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez. Aunque el real decreto no incluye en el texto ninguna referencia a los centros escolares, estos quedan incluidos de forma general en el fin de la obligatoriedad salvo que alguna comunidad opte por ser más estricta, algo en principio no previsible. Los niños mayores de seis años sí deberán llevarla en el aula y otros espacios interiores.
¿Debo usarla al entrar en los establecimientos públicos situados en espacios interiores?
Sí. El nuevo real decreto mantiene esta obligación en todos los recintos cerrados, salvo en el momento en el que se consuma algo en un bar o restaurante. Se mantiene la excepción para “las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización”.
¿Deben utilizarla las personas que viven en residencias o establecimientos similares en su interior?
No. Esta es otra de las excepciones que se mantiene. Los residentes podrán no llevar mascarilla siempre que sus habitantes “tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80% con pauta completa y de la dosis de recuerdo”. Los visitantes externos y los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con discapacidad sí estarán obligados a llevarla.
¿Debo seguir llevando la mascarilla en el transporte público?
Sí. La mascarilla seguirá siendo obligatoria en todas las formas de transporte público, andenes y estaciones incluidos.
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