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El Ballet Nacional de España excluye a una bailarina embarazada tras siete años con contratos temporales

María Fernández reclama la readmisión por despido nulo. El INAEM, el organismo público del que depende la compañía, niega discriminación

María Fernández, ante la entrada de la sede del Ballet Nacional de España, en Madrid.
María Fernández, ante la entrada de la sede del Ballet Nacional de España, en Madrid.Santi Burgos
Cecilia Jan

María Fernández luce feliz su barriga de seis meses de embarazo, muy poco marcada por la excelente forma física que ha debido mantener como bailarina durante los últimos siete años en el Ballet Nacional de España (BNE), la compañía de élite de la danza española. Sin embargo, la alegría por la llegada del que será su primer hijo, muy esperado, se ve enturbiada por la incertidumbre de su futuro laboral. A diferencia de los anteriores años, en los que cada 31 de agosto encadenaba un nuevo contrato temporal —lo que la convierte en indefinida, según ha ganado ya en dos instancias judiciales, a falta de la confirmación del Tribunal Supremo—, esta vez solo recibió la comunicación de que a dicha fecha vencía su relación laboral.

"Me siento discriminada. Siento el deber moral de denunciarlo", asegura Fernández, sevillana de 37 años y casi dos décadas en la profesión. La situación de esta bailarina mezcla un complejo conflicto laboral que afecta a muchos miembros de la compañía, sometidos a contratos precarios, con una circunstancia excepcionalmente protegida por la ley, como es el embarazo y la maternidad.

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"El despido de una embarazada es una causa objetiva de nulidad", argumenta su abogada, Isabel Lobera, que presentó el pasado día 11 una reclamación previa al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), del que depende el Ballet, para solicitar extraprocesalmente su readmisión por despido nulo. Antes de que acabe el mes, Lobera interpondrá demanda en los juzgados, a menos que el organismo, dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, conteste favorablemente.

Aunque formalmente no ha sido despedida, sino que no se ha renovado su contrato, "no se puede albergar dudas" de que su relación laboral "ha de calificarse de indefinida", según reconoce una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del pasado 21 de diciembre de 2017 sobre la situación de Fernández y otros nueve compañeros. Es previsible que el Supremo dé firmeza a esta decisión, como ha hecho con todos los miembros del BNE cuyos recursos ya ha resuelto. De hecho, en la reclamación al INAEM, Lobera aporta 25 resoluciones firmes que reconocen a otros artistas de la compañía, en idénticas circunstancias de temporalidad, como trabajadores indefinidos. Esta precariedad, que dura más de una década, llevó a que la mayoría de la compañía realizara paros en 2016. Fernández formó parte entonces del comité de huelga.

María Fernández, en el cartel del 40º aniversario del Ballet Nacional de España, en diciembre de 2018.
María Fernández, en el cartel del 40º aniversario del Ballet Nacional de España, en diciembre de 2018.

El escrito de reclamación de Fernández se basa en el artículo 55.5 B del Estatuto de los Trabajadores, que establece que el despido de una gestante es nulo, a menos que se demuestre su procedencia "por motivos no relacionados con el embarazo". Igual protección tienen las mujeres durante el permiso de maternidad, reducción de jornada o excedencia por cuidado de hijos. Es una medida que "protege un derecho fundamental, la no discriminación por razón de sexo", afirma el abogado laboralista de CC OO Enrique Lillo, que añade que los tribunales exigen que las empresas prueben de una forma "muy exhaustiva e intensa" la existencia de otra causa para justificar el despido.

Fuentes del Ballet Nacional de España niegan que se haya prescindido de Fernández por su embarazo, y argumentan que, al igual que otra decena de compañeros, no ha sido renovada porque no superó una prueba selectiva que se celebró en junio. Esta fue obligatoria solo para la veintena de artistas (bailarines y músicos) que no tenían reconocida por sentencia firme su relación laboral como indefinida, lo que su abogada considera otra discriminación que vulnera el principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución.

Según fuentes del BNE, los contratos se rigen por lo que marca la Administración Pública, y "para este tipo de trabajo, se aplican contratos temporales de naturaleza artística". Estos contratos tienen una duración de un año, y son prorrogables hasta un máximo de tres, pasados los cuales se deben convocar obligatoriamente audiciones, según dichas fuentes. Sin embargo, Fernández, en sus siete años en el Ballet, solo tuvo que superar una prueba de ingreso al principio, y en 2016 otra, que ella asegura que fue voluntaria, para ascender a la categoría de bailarina solista.

La audición convocada este año, ante un tribunal cuya composición fue recurrida por los artistas que tenían que presentarse, constaba de dos fases, siendo la primera eliminatoria. La prueba física se adaptó al embarazo de Fernández: se le permitió presentar un vídeo de media hora que recopilaba sus actuaciones de los últimos años en el BNE, algunas de ellas en papeles de primera bailarina, es decir, por encima de la categoría que tiene reconocida. En base a ese material, fue declarada no apta por el tribunal, por lo que no pasó siquiera a la segunda fase. Tampoco se consideró apto a un guitarrista que llevaba 20 años encadenando contratos temporales.

La polémica coincide con el relevo de director artístico en el Ballet Nacional de España. El 1 de septiembre, el bailarín y coreógrafo Rubén Olmo sustituyó a Antonio Najarro al frente de la compañía después de ocho años, aunque su nombramiento se anunció en abril. De hecho, Olmo estuvo presente en las audiciones de junio, aunque como asesor.

En los últimos años ha habido varias bailarinas embarazadas en la compañía sin sufrir ningún problema por ello. "Desde el INAEM nunca se ha dejado de prorrogar el contrato a ninguna bailarina por el hecho de estar embarazada. No tenemos ninguna demanda en ese sentido", afirman fuentes del BNE. La abogada de Fernández sí recuerda el caso de Esmeralda Gutiérrez, a la que no se la renovó el contrato en 2007 tras dar a luz. La situación no llegó a los tribunales pues se la volvió a contratar tras presentar una reclamación.

El INAEM "está trabajando en un borrador de la nueva ley que regulará su actividad. Uno de los aspectos que se está estudiando y abordando es el de la naturaleza de los contratos artísticos y el reciclaje y acompañamiento a los bailarines en el desarrollo y orientación de su vida laboral", aseguran las fuentes del BNE.

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Sobre la firma

Cecilia Jan
Periodista de EL PAÍS desde 2004, ahora en Planeta Futuro. Ha trabajado en Internacional, Portada, Sociedad y Edición, y escrito de literatura infantil y juvenil. Creó el blog De Mamas & De Papas (M&P) y es autora de 'Cosas que nadie te contó antes de tener hijos' (Planeta). Licenciada en Derecho y Empresariales y máster UAM/EL PAÍS.

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