Arcuri anuncia que tomará medidas contra Juana Rivas por su última denuncia por malos tratos a los hijos
La mujer ha pedido la adopción de medidas cautelares que eviten que los niños, ahora con ella en España, regresen con el padre el próximo 14 de agosto
La defensa del italiano Francesco Arcuri anunció este miércoles la adopción de medidas tras la última denuncia de Juana Rivas y ha confiado tanto en el archivo de la misma como en el regreso de los pequeños a Italia en la fecha estipulada, al entender que forma parte de una "estrategia de defensa" de Rivas de cara a los procesos que tiene abiertos.
Este martes Juana Rivas presentó una nueva denuncia contra su expareja por presuntos delitos de violencia doméstica, lesiones y amenazas hacia los dos hijos que tienen en común, tras lo que ha pedido la adopción de medidas cautelares que eviten que regresen con el padre el próximo 14 de agosto, dado que ahora se encuentran con ella en España. Y este jueves ha solicitado, a través de un escrito remitido a la Delegación del Gobierno en Andalucía, protección jurídica internacional para sus dos hijos menores, impulsando los cambios legislativos necesarios ante el Congreso de los Diputados, e instando a la Eurocámara medidas para protegerlos como "víctimas" de supuestos malos tratos por su padre.
Por su parte el Centro de la Mujer del Ayuntamiento de Maracena (Granada) ha informado de que, en cumplimiento de los protocolos vigentes, ha presentado un informe al fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Granada en el que se le transmite la existencia de "una situación objetiva de alto riesgo para los hijos de Juana Rivas". Se insta la intervención urgente de la Fiscalía antes del 14 de agosto, poniendo en marcha cuantos procedimientos y medidas sean necesarias, al objeto de proteger a estos menores, "cuyos derechos fundamentales están claramente amenazados".
Un día después de esa denuncia el Tribunal Supremo admitió a trámite el recurso de casación presentado por Juana Rivas contra la sentencia de la Audiencia de Granada que confirma su condena a cinco años de prisión por sustracción de menores, después de que en verano de 2017 permaneciera un mes en paradero desconocido con sus hijos incumpliendo las resoluciones que le obligaban a entregárselos al padre.
La Sala Segunda del Supremo expone que no concurre ninguna causa de inadmisión del recurso y que presenta interés casacional. De ello se da traslado a la Fiscalía y a las partes para que en el plazo de diez días hagan sus alegaciones. Rivas ha defendido en su recurso que actuó por una "causa justificada" como fue "proteger a sus hijos" y no para perjudicar al padre, incidiendo en la denuncia que presentó en julio de 2016 por presunto maltrato contra él.
Su defensa mantiene que "la falta de coordinación entre la Justicia italiana y la española han impedido que exista pronunciamientos firme a día de hoy sobre el maltrato denunciado y sufrido por sus hijos y por ella misma" y que esta "inactividad" en ambos países "han incrementado ese convencimiento personal de Juana Rivas, que sólo quiere proteger a sus hijos". Y que la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, que la condenó en primera instancia, "reconoce" a su expareja como "un maltratador al mencionar la sentencia firme de 2009 en la que fue condenado como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar".
De modo que "si no se ha acreditado una situación de maltrato continuado posterior a estos hechos no ha sido por la falta de diligencia de Juana Rivas, sino por el hecho de que las denuncias interpuestas por ella, casi tres años después, no han obtenido una respuesta judicial firme". A juicio de su equipo jurídico, existe "causa justificada" en su conducta que elimina la tipicidad del tipo del artículo 225 bis del Código Penal, el que tipifica la sustracción de menores por parte de un progenitor.
El recurso también se basa en que "no existe justificación al porqué ha sido condenada a la pena de cinco años de prisión, accesorias y privación de seis años del ejercicio de la patria potestad, siendo dicha pena muy superior al mínimo legalmente establecido" y solicita subsidiariamente, para el caso de que se mantenga la condena, una pena de dos años de prisión.
Para el caso de que no proceda su libre absolución, también que se aprecie un único delito de sustracción de menores, ya que con independencia de los hijos que se tenga, el acto cometido conllevaría únicamente la existencia de un delito.
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